Reglamento Disciplinario para los Alumnos del Colegio de Estudios Cientificos y Tecnologicos del Estado de Durango (cecyted)

REGLAMENTO DISCIPLINARIO PARA LOS ALUMNOS DEL CECYTED DEL ESTADO DE DURANGO

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Durango, el jueves 8 de agosto de 2013.

REGLAMENTO DISCIPLINARIO PARA LOS ALUMNOS DEL CECYTED

Fecha de emisiónversión 1

Elaboró RevisóAutorizo

NOMBRE LIC. JOSÉ LINO DE LA ROSA FRANCO JOSÉ RUTILIO ORTIZ SILERIO

AUXILIAR JURIDICOJEFE DE DEPTO. JURIDICO

M.C. JUDITH CHÁIDEZ GONZÁLEZ

ENCARGADA DE LA DIRECCIÓN GENERAL

FIRMA

FECHAJunio de 2013Junio de 2013Junio de 2013

ÍNDICE

CONSIDERANDOS

  1. DISPOSICIONES GENERALES

  2. DE LA PUNTUALIDAD E INGRESO

  3. DEL UNIFORME ESCOLAR Y DEPORTIVO

  4. DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS

  5. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS

  6. DEL COMPORTAMIENTO DE LOS ALUMNOS

  7. DE LA SEGURIDAD E HIGIENE

  8. DE LAS SANCIONES

TRANSITORIOS

Los suscritos integrantes de la Junta Directiva con fundamento en los Artículos 19, 25 y 27 de la Ley Entidades Paraestatales del Estado de Durango y los Artículos 8, 11, 12 y 13 del Decreto que crea el Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Durango, hemos tenido a bien emitir el Reglamento Disciplinario para los Alumnos del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Durango, con base en los siguientes:

CONSIDERANDOS

PRIMERO.- Que la relación interinstitucional entre el Colegio y sus alumnos, es de vital importancia para estrechar el vínculo educativo y de formación de los educandos para así encaminarlos a una mejor preparación basada en los valores éticos, la disciplina, el orden y la responsabilidad necesarios para el mejor desempeño de su carrera profesional o en cualquier ámbito social o laboral en el que se desempeñen.

SEGUNDO.- Que es necesario establecer reglas claras para la mejor convivencia al interior de los planteles del CECyTED, observando medidas claras de control, vigilancia, orden y disciplina, así como las correspondientes medidas preventivas y/o sanciones que sean necesarias para guardar la integridad de los propios alumnos, docentes, trabajadores del Colegio y su patrimonio.

Los integrantes de esta Honorable Junta Directiva, tienen a bien emitir el siguiente:

Reglamento Disciplinario para los Alumnos del CECyTED

CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 47
Artículo 1 El presente Reglamento será de carácter público y obligatorio para todos aquellos alumnos legalmente inscritos en los distintos planteles educativos pertenecientes al CECyTED, mismo que será dado a conocer preferentemente en el periodo de inducción a los alumnos de nuevo ingreso y en general estará disponible en todo momento para los alumnos que así lo soliciten.
Artículo 2 Serán considerados alumnos de CECyTED, quienes hayan cumplido con los requisitos de ingreso y realicen oportunamente los trámites de inscripción o reinscripción, de conformidad con lo establecido en las Normas de Control Escolar del Colegio.
Artículo 3 Además de lo que establece el presente Reglamento, los planteles, observarán de manera interna los Reglamentos que se expidan para cada área específica (laboratorio, biblioteca, talleres, etc.), debiendo el alumno acatarlos sin excepción alguna; así mismo, el alumno deberá conocer y acatar la normatividad que rige al CECyTED.
Artículo 4 Para efectos de este Reglamento, se entenderá por:
  1. CECyTED y/o Colegio, al Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Durango.

  2. Planteles, a cada uno de los planteles educativos pertenecientes al Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Durango y sus extensiones.

  3. Dirección, a la Dirección General del CECyTED.

  4. Autoridades, al Director General, Directores de Área, Jefes de Departamento, Directores de Plantel, Responsables de Centro y Coordinadores de cada uno de los planteles.

  5. Examen Departamental.- Es una evaluación correspondiente al ciclo ordinario de estudios, de aplicación general y estandarizada, cuyo objetivo es garantizar que los docentes cumplan con la totalidad del contenido del plan de estudios y garantizar que los alumnos logren las competencias que tienen asignadas.

CAPÍTULO SEGUNDO Artículos 5 a 15

DE LA PUNTUALIDAD E INGRESO

Artículo 5 La hora de entrada y salida del Plantel será la que marque el horario respectivo de cada grupo

Durante su estancia en el Plantel el alumno deberá mostrar su credencial o entregarla cuando alguna autoridad de la propia institución se lo requiera. En caso de extravío, deberá solicitar su reposición en forma inmediata al departamento de Control Escolar y comprobar el trámite efectuado.

Artículo 6 La credencial de identificación es personal e intransferible, por lo que en caso de sorprender a un alumno haciendo uso de una que no le pertenezca, se le recogerá y se le obligará a manera de sanción, a solicitar una reposición, tanto a él como al titular de la misma.
Artículo 7 El alumno no podrá utilizar otra forma de entrada o salida del Plantel que no sea la puerta principal.
Artículo 8 Una vez ingresado al Plantel, ningún alumno podrá abandonarlo antes de la hora de salida, salvo autorización expresa por parte de las autoridades.
Artículo 9

El alumno deberá ingresar al salón de clases en la hora señalada en su horario, en caso de retraso, su ingreso estará sujeto a la autorización expresa del profesor de la asignatura, submódulo, taller o actividad extracurricular y en caso de que no le sea autorizada la entrada, el alumno tendrá la obligación de presentarse al Área de Orientación Educativa o a la Dirección según sea el caso, para que se le asigne una actividad extraordinaria y que en forma integral ayude o promueva su formación.

Artículo 10 Cuando algún profesor no asista a impartir su clase, los alumnos deberán permanecer en su salón de clases realizando una actividad extraordinaria relacionada con alguna de sus asignaturas, la cual será asignada por el Área de Orientación Educativa o por el Director y/o coordinador del Plantel.
Artículo 11 Concluidas las clases, el alumno no podrá permanecer en las instalaciones, salvo para asistir a alguna asesoría, realizar investigaciones bibliográficas, o mediante autorización expresa de alguna autoridad del Plantel.
Artículo 12 El alumno que incurra en 3 faltas o retardos consecutivos o alternados en el periodo de 2 semanas, sin causa debidamente justificada para su ingreso al Plantel, deberá presentarse en las oficinas de la Dirección o la subdirección con su padre o tutor para que aclare y justifique su ausentismo.
Artículo 13 El alumno puede solicitar en la Dirección del Plantel el justificante respectivo cuando no hubiese asistido a clases en los casos siguientes:
  1. Por enfermedad (presentando la receta médica correspondiente, y en su caso, los días que el médico indique de reposo absoluto),

  2. Cuando se le encomiende alguna comisión por parte de la Dirección,

  3. Por fallecimiento de algún familiar, o

  4. Por cualquier otra causa de fuerza mayor debidamente justificada.

El justificante sólo será válido si está firmado por alguna autoridad del Plantel y deberá tramitarlo en un lapso no mayor a 3 días hábiles posteriores al día de la falta en el Área de Orientación Educativa o en la Dirección del Plantel.

Artículo 14 Los comunicados que sean enviados al padre o tutor, deberán de ser firmados por éste.
Artículo 15 Sólo habrá suspensión de clases en los días marcados por el Calendario Escolar Oficial del Colegio.
CAPÍTULO TERCERO Artículos 16 a 18

DEL UNIFORME ESCOLAR Y DEPORTIVO

Artículo 16 El alumno a su ingreso al Plantel, así como durante su estancia en él, deberá portar su uniforme escolar

El uniforme deportivo será obligatorio para los días en que se tengan clases de actividades deportivas. Asimismo, los uniformes, tanto el deportivo como el ordinario será el aprobado por las autoridades del Plantel y será debidamente exhibido o presentado para conocimiento de los alumnos.

Artículo 17 Para las sesiones que se tengan en el Laboratorio se tendrá a lo dispuesto en lo contenido en el Reglamento para Talleres, Laboratorios y Bibliotecas del CECyTED.
Artículo 18 El alumno que no porte el uniforme correspondiente será acreedor a las sanciones contenidas en el artículo 36 de este Reglamento.
CAPÍTULO CUARTO Artículo 19

DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS

Artículo 19 Serán derechos de los alumnos del Plantel los siguientes:
  1. Ser tratado con respeto por parte de las autoridades del Plantel, personal administrativo, docente y de servicios que labora en el Plantel.

  2. Que le sean impartidas todas las asignaturas que ofrece el Plantel en igualdad de circunstancias, en los días y horas señalados según el semestre a cursar, salvo en casos excepcionales cuando por mutuo acuerdo por la Dirección del Plantel se cambie el horario de una clase o se reponga la pérdida de la misma.

  3. Contar con un aula limpia, pizarrón, silla con paleta, así como con los materiales o equipo que para actividades específicas se requieran y que sólo existan en el Plantel para tal efecto.

  4. Presentar exámenes parciales, de recuperación, extraordinarios y de título de suficiencia en los términos que establecen las Normas de Control Escolar del Colegio.

  5. Participar en las actividades y eventos que se desarrollen, representando al Plantel o al Colegio.

  6. Solicitar y obtener asesoría académica en los casos que así lo requiera, por parte de la Dirección, del Área de Orientación y/o del personal docente, según corresponda.

  7. Hacer uso de las instalaciones del Plantel, siempre y cuando no interfiera con sus clases.

  8. Conocer sus calificaciones en forma directa por parte del profesor de cada asignatura y solicitar la revisión de exámenes antes de que las calificaciones sean reportadas al Área de Control Escolar. En caso de...

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