Reglamento de las Delegaciones Municipales del Municipio del Centro, Tabasco

REGLAMENTO DE LAS DELEGACIONES MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DEL CENTRO, TABASCO.

TEXTO ORIGINAL

Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco, el miércoles 14 de noviembre de 1990.

CESAR ALFREDO ROJAS HERRERA. Presidente Municipal del Centro, Tabasco, a todos los habitantes hago saber:

Que el Ayuntamiento en uso de las facultades Que le confiere el Artículo 115 Fracción II, de la Constitución Política Federal, el Artículo 65 Fracción l. de la Constitución Local, y de los Articulas 50 Fracción III 90 y 100 Fracción V de la Ley Orgánica de los municipios del Estado, y

CONSIDERANDO.

CUARTO.- Que con el propósito de establecer claramente la normatividad que deberán observar los Delegados Municipales, y otras autoridades adscritas a ellos, y para propiciar un mejor desempeño en sus funciones, se ha servido expedir el siguiente: reglamento de las Delegaciones Municipales del Municipio del Centro, Tabasco.

CAPITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 31
ARTICULO 1 El presente reglamento es de interés general y observancia obligatoria en las Delegaciones Municipales de la Jurisdicción del Municipio del Centro.
ARTICULO 2 Este reglamento tiene como objetivo establecer la normatividad para la integración, organización y funcionamiento de las Delegaciones Municipales.
ARTICULO 3 Las Delegaciones Municipales estan facultadas para ejercer las funciones que marca la Ley Orgánica de los municipios del Estado de Tabasco y el Bando de Policía y buen Gobierno vigente en el municipio, así como atender y gestionar los asuntos inherentes al desarrollo de la comunidad.
ARTICULO 4 Para los efectos de este reglamento las Delegaciones Municipales se integrarán con las siguientes autoridades.

l.- Los Delegados municipales

  1. Los Subdelegados Municipales

  2. Los Jefes de sector

  3. Los Jefes de Sección

CAPITULO SEGUNDO Artículos 5 y 6

DISTRIBUCION DE LAS DELEGACIONES

ARTICULO 5 Las Delegaciones Municipales dentro del territorio del Municipio del Centro, se dividirán de las siguiente forma. 30 en las colonias de la ciudad, 7 en las Villas, 1 en el poblado y 95 en las rancherías, a saber.

A).- COLONIAS.

Col. Casa Blanca 1ra. Sección.

Col. Punta Brava

Col. Las Delicias

Col. El Recreo.

Col. El Espejo

Col. 18 de Marzo (san Joaquín)

Col. Las Gaviotas sector Popular

Col. Nueva Pensiones

Col. Mayito

Col. Infonavit. Cd. Ind.

Col. Casa Blanca 2da. Sección

Col Aguila

Col. Atasta de Serra

Col. Linda Vista

Col. Fovisste

Col. Magisterial

Col. Guadalupe Borja

Col. Sánchez Magallanes

Col. Gaviotas Norte

Col. La Manga

Col. Gaviotas Sur

Col. Nueva Villahermosa

Col. Tierra Colorada

Col. Primero de Mayo

Col. Infonavit Atasta

Col. Reforma

Col. Tamulte de las Barrancas

Col. Municipal

B).- VILLAS

Ocuiltzapotlán

Pueblo Nuevo de las raíces

Parrilla

Macultepec

Luis Gil Pérez

Playas del Rosario

Tamulte de las sabanas

C).- POBLADO

DOS MONTES

D).- RANCHERIAS

La Palma

La Vuelta Ejido (La Jagua)

Ismate y Chilapilla 1ra. Sección

Ismate y Chilapilla 2da secc.

Coronel Traconis

Guineo

Rio Tinto

Río Viejo

Sabinas

Ixtacomitán

Boqueron

Las Matillas

Pajonal

La Manga 2da. Sección

Emiliano Zapata

Catalina

Lázaro Cárdenas 1ra. Sección

Lázaro Cárdenas 2da. Secc.

Barrancas y Guanal

Estancia Vieja 1ra. Sección

Estancia Vieja

Carrizal

Alvarado Sta. Irene 1ra. Secc.

Alvarado Sta. Irene 2da. Secc.

Platano y Cacao 2da. Secc.

Platano y Cacao 3ra. Secc.

Platano y Cacao 4a. Secc.

Corregidora Ortiz 1a. Secc.

Corregidora Ortiz 2da. Secc.

Corregidora Ortiz 3ra. Secc.

Corregidora Ortiz 4a. Secc.

Corregidora Ortiz 5a. Secc.

Buena Vista Río Nuevo 1ra. Secc.

Buena Vista Río Nuevo 2da. Secc.

Buena Vista Río Nuevo 3ra. Secc.

Buena Vista Río Nuevo 4ta. Secc.

Acachapan y Colmena 4ta. Secc.

Zapotal

Acachapan y Colmena 1ra. Secc.

Acachapan y Colmena 2da. Secc.

Acachapan y Colmena 3ra. Secc.

Anacleto Canabal 1ra. Secc.

Anacleto Canabal 2da. Secc.

Anacleto Canabal 3ra. Secc.

Anacleto Canabal 4da. Secc.

González 1ra. Secc.

González 2da Secc.

González 3ra. Secc.

González 4ta. Secc.

Platano y Cacao 1ra. Secc.

Aniceto T.S.

Estancia Tam. de las Sabanas

Jolochero Tam. de las Sab.

Miramar Tam. de las Sab.

Tocoal Tam. de las Sab.

Barrancas y Amate

Corozal

Chacte

Chiquiguao

Miraflores 1ra. Secc.

Miraflores 2da. Secc.

Miraflores 3ra. Secc.

El Bajío (La Cruz)

El Censo

Hueso de Puerco

Tumbulushal

Huasteca 1ra Secc.

Huasteca 2da secc.

Rivera de las Raices

Torno Largo

Alvarado Guarda Costa

Alvarado Colima

Alvarado Jimbal

Estanzuela

La Lima

Lagartera

Pablo L Sidar

Medellin y Pigua 2da Secc.

Medellin y Pigua 3ra Secc.

Medellin y Madero 3ra. y dra.

Medellin y Madero 2da. Secc.

Francisco I Madero 1ra Secc.

Aztlan 1ra Secc.

Aztlan 2da Secc.

Buena vista 1ra Secc. Nam. de las Sabanas

Buena Vista 2da Secc.

El Espino Paso Real de la Victoria

Acachapan y Colmena 5ta Secc.

Aztlan 3ra Secc.

Aztlan 4a Secc.

Aztlan 5ta Secc.

Miguel Hidalgo

Plutarco Elias Calles (Curahueso)

Tierra Amarilla

ARTICULO 6 El número de las delegaciones municipales (133) puede incrementarse conforme se determinasen otras, previo trámite correspondiente.
CAPITULO TERCERO Artículos 7 a 14

ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DE LAS DELEGACIONES MUNICIPALES

ARTICULO 7 Las Delegaciones Municipales se Integrarán cuando así corresponda, de la forma siguiente
  1. Delegado propietario

  2. Subdelegación

  3. Jefes de Sector

  4. Jefes de Sección

  5. Auxiliares

  6. Comandantes

ARTICULO 8 Los miembros de las Delegaciones Municipales, serán personas mayores de edad, sin distinción de sexos.
ARTICULO 9 El Subdelegado, suplirá las ausencias temporales o definitivas del Delegado Municipal propietario, en acatamiento con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica de los municipios del Estado de Tabasco.
ARTICULO 10 Los auxiliares y comandantes serán elementos de apoyo para las autoridades de las delegaciones...

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