Reglamento para la Conservacion y Proteccion de la Imagen Urbana del Municipio de Zacatelco, Tlaxcala
REGLAMENTO PARA LA CONSERVACION Y PROTECCION DE LA IMAGEN URBANA DEL MUNICIPIO DE ZACATELCO, TLAXCALA
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Número Extraordinario del Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala, el lunes 8 de octubre de 2007.
En la ciudad de Zacatelco, municipio del mismo nombre siendo las doce horas con cuarenta y cinco minutos del día jueves trece de septiembre del año dos mil siete, estando reunidos los integrantes del cabildo convocados por la C. Leticia Coto Palma, Presidenta Municipal Constitucional de este municipio para celebrar sesión extraordinaria de cabildo conforme a lo establecido en los artículos 37, 38 y 39 de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, de acuerdo a
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Pase de lista.
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Lectura del acta anterior.
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Revisión de la propuesta de Reglamento Municipal de Imagen Urbana.
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Aprobación del Reglamento propuesto.
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Revisión de la propuesta de Reglamento Municipal de Tránsito y Vialidad.
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Aprobación del Reglamento propuesto.
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Propuesta para reubicación de bases de combis.
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Propuesta para donar predio para edificar la unidad médica del IMSS.
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Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Secretaría del H. Ayuntamiento Municipal de Zacatelco, Tlax. 2005-2008.
La que suscribe LIC. MARÍA ANGÉLICA HERNÁNDEZ CARRETO, SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE ZACATELCO, TLAX:
C E R T I F I C A: Que la presente copia fotostática, concuerda FIEL Y LEGALMENTE CON EL ORIGINAL, por lo que no tengo inconveniente en CERTIFICAR LA PRESENTE, para los usos y efectos legales a que haya lugar.
A T E N T A M E N T E
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN
ZACATELCO, TLAXCALA, A 18 DE SEPTIEMBRE DE 2007
LIC. MARIA ANGELICA HERNANDEZ CARRETO
SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO
Firma Autógrafa.
REGLAMENTO PARA LA CONSERVACION Y PROTECCION DE LA IMAGEN URBANA DEL MUNICIPIO DE ZACATELCO, TLAXCALA.
A N T E C E D E N T E S.
Sexto. Que la iniciativa motivo de este reglamento, permite al Municipio de Zacatelco establecer normas con las que se busca proteger la zona declarada como imagen urbana, que como elemento básico del municipio de Zacatelco y para el crecimiento y el bienestar de todos sus ciudadanos y en particular de la imagen urbana debe recibir la protección y asistencia necesaria para su conservación y protección.
La cual incluye las calles Lerdo de Tejada, Avenida del Parque o calle Saldaña, privada Independencia, Avenida Independencia, tramo de la carretera Puebla - Tlaxcala frente al parque municipal y Benito Juárez de las secciones primera y segunda de este municipio.
APLICACIÓN DEL REGLAMENTO Y EJECUCION
Ayuntamiento de Zacatelco a través de su Presidente Municipal quien delegará funciones en la Dirección de Obras Públicas, para la autorización de obras y otorgamiento de licencias para la fijación de cualquier tipo de propaganda o anuncios de carácter comercial. De la misma forma le compete la aplicación de sanciones a quienes infrinjan las disposiciones de este Reglamento.
Para ello, el Municipio de Zacatelco promoverá la suscripción de un acuerdo de colaboración en coordinación con las instancias correspondientes.
DE LA COMISIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO
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Un Presidente, que será el Presidente Municipal.
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Un Secretario Técnico, que será el Director de Obras Públicas en turno.
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Seis vocales, que serán representantes de las instituciones públicas y privadas que a continuación se señalan:
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El director jurídico del municipio;
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El director de servicios públicos en el municipio;
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El director de protección civil en el municipio;
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Un ciudadano representante del o los interesados;
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Dos Regidores del Ayuntamiento.
DE LA PROTECCIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA IMAGEN URBANA
Para ello, la Dirección fijará el plazo para la ejecución de las obras, debiéndose construir como primera etapa la fachada.
DEL MEDIO NATURAL Y DE LA TOPOGRAFÍA
El Municipio promoverá el habilitamiento de estas áreas como zonas de forestación o reforestación para incrementar los atractivos paisajísticos y turísticos, previa valoración del Comité.
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Conservar las áreas verdes, jardines y árboles existentes en la localidad;
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Conservar e incrementar su número, de acuerdo a las especies locales y al clima mediante programas de concertación que el Municipio realice con dependencias y/o particulares;
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La combinación de diferentes especies, será permitida cuando las seleccionadas sean acordes al clima y acrecienten los atractivos paisajísticos de la localidad;
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Cuando por razones de peligro o afectación ocasionada por árboles éstos se tuvieren que derribar, deberá obtenerse previamente la autorización del Ayuntamiento. En caso de ser afirmativa, será obligación del afectado reponer el o los árboles derribados por otros en número equivalente al perímetro del tronco. Esta obligación subsiste en el caso de que el o los árboles hayan sido derribados por accidente.
DE LA INFRAESTRUCTURA, MOBILIARIO URBANO Y SEÑALIZACIÓN
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Las obras de pavimentación requerirán de la evaluación y solución previa de las deficiencias y carencias de las redes subterráneas de infraestructura.
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En las zonas patrimoniales, los materiales que se utilicen en la pavimentación deberán ser congruentes con el entorno;
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Las obras de mantenimiento y conservación de las carpetas y recubrimiento en vialidades, serán realizadas de manera que no interfieran en la medida posible con...
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