Reglamento del Comite de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestacion de Servicios Relacionados con Bienes Muebles y Obra Publica, de la Comision Estatal del Agua y Alcantarillado

REGLAMENTO DEL COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES Y OBRA PUBLICA, DE LA COMISIÓN ESTATAL DEL AGUA Y ALCANTARILLADO

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el lunes 26 de agosto de 2002.

LIC. MANUEL ANGEL NUÑEZ SOTO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE HIDALGO Y PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA COMISION ESTATAL DEL AGUA Y ALCANTARILLADO, LIC. MIGUEL ANGEL OSORIO CHONG, SECRETARIO DE GOBIERNO, C.P. RODOLFO PICAZO MOLINA, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACION, LIC. HORACIO FRANCISCO RIOS CANO, SECRETARIO DE DESARROLLO ECONOMICO, PROF. Y LIC. ROBERTO PEDRAZA MARTINEZ, SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS, C. NOE PAREDES SALAZAR, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, LIC. GONZALO RODRÍGUEZ ANAYA, SECRETARIO DE AGRICULTURA, LIC. GERARDO DUARTE SANTIESTEBAN, SECRETARIO TECNICO, LIC. JORGE ROMERO ROMERO, SECRETARIO DE CONTRALORIA, ING. JOSE ANTONIO CABRERA QUINTANAR, GERENTE DE LA COMISION NACIONAL DEL AGUA, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE NOS CONFIEREN LOS ARTICULOS 134 DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL DE LA REPUBLICA, 108 DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO, 13 FRACCIONES XVII Y XXIV DE LA LEY ESTATAL DE AGUA Y ALCANTARILLADO Y CON BASE EN LA SIGUIENTE:

EXPOSICION DE MOTIVOS..

TERCERO.- EL ARTICULO 4 DEL ACUERDO A QUE SE REFIERE EL PUNTO ANTERIOR, ESTABLECE QUE EL MISMO COMITE TENDRA COMO UNA DE SUS FUNCIONES, ELABORAR SU REGLAMENTO CORRESPONDIENTE, POR LO QUE EN ACATAMIENTO A DICHA DISPOSICION Y CON LA FINALIDAD DE PROCURAR MEJOR INTERPRETACION AL MENCIONADO ACUERDO, FUE ELABORADO, APROBADO Y PUESTO A CONSIDERACION DE ESTA JUNTA DE GOBIERNO, CUYOS INTEGRANTES POR UNANIMIDAD DE VOTOS APRUEBAN Y EXPIDEN EL SIGUIENTE:

REGLAMENTO DEL COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES Y OBRA PUBLICA, DE LA COMISIÓN ESTATAL DEL AGUA Y ALCANTARILLADO.

CAPITULO I Artículos 1 a 12

DEL OBJETO Y PRINCIPIOS GENERALES

ARTICULO 1 El presente Reglamento, tiene por objeto establecer las bases a las que deberá sujetarse el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios relacionados con Bienes Muebles y Obra Pública de la Comisión Estatal del Agua y Alcantarillado.
ARTICULO 2 En caso de duda sobre la interpretación y la aplicación del presente Reglamento, serán competentes en Primera Instancia la Subdirección General de Ordenamiento y Regulación y en Segunda Instancia el Comité en Pleno.
ARTICULO 3 Los actos jurídicos que autorice el Comité, en contravención a lo dispuesto en el presente Reglamento y demás disposiciones legales aplicables, serán sancionados conforme a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
ARTICULO 4 El Director General de la Comisión Estatal del Agua y Alcantarillado, es la Autoridad competente para suscribir las contrataciones autorizadas por el Comité en los términos que señalen las Leyes aplicables en la materia de que se trata.
ARTICULO 5 La adjudicación de los contratos será autorizada por el Comité, cuando se hayan agotado las etapas y satisfecho los requisitos del Procedimiento Legal que el mismo Comité previamente haya decidido desahogar para cada caso particular.
ARTICULO 6 La Contraloría Interna tendrá facultades de control e inspección del cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, en el marco de las atribuciones que establece la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, el Estatuto Orgánico y las demás disposiciones legales aplicables.
ARTICULO 7 En las Sesiones del Comité se observará lo siguiente:
  1. Tendrán lugar de manera ordinaria y extraordinaria y sus decisiones se tomarán por mayoría de votos de los asistentes que tengan esa facultad, las Sesiones Ordinarias se realizarán cuando menos uña vez al mes y las Extraordinarias tantas veces como se requiera.

    Los Asesores son la excepción a lo dispuesto por el Artículo 15 del Acuerdo de Creación del Comité, pues los mismos sólo tendrán derecho a voz.

    A invitación expresa del Presidente del Comité, podrán participar con el carácter de observadores, representantes o integrantes del sector privado;

  2. En caso de empate el Presidente de la Sesión tendrá voto de calidad;

  3. Las Convocatorias deberán acompañarse con la documentación soporte a cada integrante del Comité, con tres días de anticipación en los casos o de Sesiones Ordinarias y con un día para las Extraordinarias;

  4. Las Actas de cada Sesión, se levantarán al final de la misma y para su validez será suscrita por los integrantes asistentes y deberá contener cuando menos:

    a).- Lugar, fecha y horade celebración;

    b).- Nombre y cargo de los integrantes que asistieron;

    c).- Acuerdos tomados;

    d).- Votos en contra y nombre de quién los emite, así como la razón que exprese y

    e).- Cierre del Acta y firma autógrafa de los que intervinieron.

  5. En la primera Sesión del año, deberán analizarse los parámetros que regirán para los diferentes procesos de adjudicación de contratos con relación al Decreto del Presupuesto de Egresos Autorizados para el Ejercicio Fiscal del año que se inicia;

  6. En la primera Sesión del Comité, los integrantes designarán a su Suplente, para los casos de ausencia y

  7. Las Convocatorias de las Sesiones, serán firmadas por el Presidente y establecerán el orden del día a que se sujetarán las mismas, en el cual se prevendrán cuando menos los siguientes puntos:

    a).- Pase de lista y verificación de quórum legal;

    b).- Lectura del acta de la Sesión anterior y su aprobación en su caso;

    c).- Informe sobre el seguimiento a los acuerdos dictados en Sesiones anteriores y

    d).- Asuntos Generales.

    Sin perjuicio de los demás puntos que se quieran incluir, relativos a los asuntos de la competencia del Comité.

ARTICULO 8

El Comité procurará en la medida de lo posible, adecuar su actividad a los Proyectos calendarizados en el P.O.A. y al efecto elaborará un Programa de Ejecución con base en los recursos asignados mediante el presupuesto de egresos, a fin de conseguirla...

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