Reglamento de la Comision de Preservacion del Medio Ambiente y Proteccion Ecologica

REGLAMENTO DE LA COMISION DE PRESERVACION DEL MEDIO AMBIENTE Y PROTECCION ECOLOGICA

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Querétaro, el viernes 13 de febrero de 1998.

LA COMISION DE PRESERVACION DEL MEDIO AMBIENTE Y PROTECCION ECOLOGICA DE LA QUINCUAGESIMA SEGUNDA LEGISLATURA ESTATAL, EN USO DE LA FACULTAD CONFERIDA POR EL ARTICULO 67 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO, PRESENTA EL SIGUIENTE REGLAMENTO DE COMISION

CONSIDERANDOS.

Se presenta a la consideración del Pleno de esta LII Legislatura Constitucional el siguiente:

REGLAMENTO DE LA COMISION DE PRESERVACION DEL MEDIO AMBIENTE Y PROTECCION ECOLOGICA

ARTICULO 1

(Naturaleza y regulación).- La Comisión dictaminadora de Preservación del Medio Ambiente y Protección Ecológica, es un órgano permanente de la H. Legislatura del Estado de Querétaro, y se constituye y funciona de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Legislativo, el Reglamento de Gobierno Interno y de Debates del Poder Legislativo, el presente Reglmento (sic) y demás normas aplicables.

ARTICULO 2

(Competencia).- Es competencia de la Comisión:

  1. Revisar y dictaminar iniciativas relacionadas con:

    a).- La protección, restauración y conservación de los ecosistemas, los recursos naturales y los bienes y servicios ambientales;

    b).- La regulación ambiental del desarrollo urbano;

    c).- El establecimiento de áreas naturales protegidas;

    d).- La participación de la ciudadanía en los planes y políticas ambientales;

    d) (sic).- La educación ambiental;

    f).- El desarrollo sustentable;

    g).- La estructura y atribuciones de la administración pública del Estado y de sus municipios, en cuanto tengan relación con los incisos de esta fracción;

    h).- En general, la preservación del medio ambiente y la protección ecológica.

  2. Adherirse a otras Comisiones Dictaminadoras para el conocimiento de materias que les sean comunes, proveyendo en este caso al cumplimiento de las normas ecológicas vigentes, y procurando el mantenimiento y restauración del medio ambiente sano;

  3. Coadyuvando con la Comisión de Audiencia Pública, Información, Gestoría y Quejas, atender a la ciudadanía en materia de gestión, solicitudes de apoyo e información relacionadas con la ecología;

  4. Solicitar la comparecencia de titulares o representantes del Poder Ejecutivo y sus dependencias, de organismos descentralizados, del Poder Judicial o de los Ayuntamientos, para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR