Reglamento de la Comisión Mixta de Capacitación y Escalafón del Honorable Ayuntamiento Constitucional de Zapopan

EstadoJalisco
MunicipioZapopan
REGLAMENTO DE LA COMISIÓN MIXTA DE
CAPACITACIÓN Y ESCALAFÓN DEL HONORABLE
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ZAPOPAN
Previa
En el presente Reglamento se establecen los fundamentos para administrar con
justicia las promociones y movimientos de personal del H. Ayuntamiento
Constitucional de Zapopan. Este Reglamento se enriquece con lo establecido en el
Manual de Operaciones de Capacitación y Escalafón.
El espíritu de este Reglamento es fomentar el crecimiento y desarrollo de las
personas y el plan de carrera del Servidor Público, por medio del establecimiento
de la base legal, las políticas y los procesos operativos para administrar la
Capacitación y el Escalafón.
Con la correcta aplicación de lo establecido en este Reglamento, se pretende
también mejorar la calidad y productividad de los servicios que ofrece el H.
Ayuntamiento Constitucional de Zapopan a la Ciudadanía por medio de garantizar
que los Servidores Públicos reúnan los requisitos de conocimientos, habilidades y
actitudes que se necesitan para el correcto desempeño de su puesto.
Definiciones
Escalafón: Sistema organizado en el Ayuntamiento de Zapopan para efectuar las
promociones y ascensos de los Servidores Públicos de base y administrar los
cambios y movimientos de los mismos, según lo dispuesto en el título tercero,
capítulo II de la Ley de Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios.
Capacitación: Conjunto de acciones enfocadas a mejorar los conocimientos
(saber), las habilidades (poder hacer), y las actitudes (querer) que le permitan al
personal alcanzar los estándares máximos de desempeño en su puesto actual, y/o
prepararse para desempeñar con calidad y productividad un puesto diferente en el
futuro.
Servidor Público de Base: Trabajadores del H. Ayuntamiento que no se
encuentran comprendidos en el artículo cuarto de la Ley para los Servidores
Públicos del Estado de Jalisco y de sus Municipios.
Comisión: Comisión Mixta de Escalafón y Capacitación constituida como
organismo oficial interno para la aplicación de este Reglamento.

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