Reglamento de Calles, Parques y Jardines del Municipio de Navolato, Sinaloa
Estado | Sinaloa |
Municipio | Navolato |
AYUNTAMIENTO
C. ESTEBAN VALENZUELA MURO, Presidente Municipal de Navolato, Sinaloa, a sus
habitantes hace saber:
Que el H. Ayuntamiento de este Municipio, por conducto de su Secretaría, ha tenido a bien
comunicarme que en sesión de Cabildo celebrada el día 30 de agosto del año dos mil uno, acordó
expedir el siguiente:
DECRETO MUNICIPAL N° 62
REGLAMENTO DE CALLES, PARQUES Y JARDINES DEL
MUNICIPIO DE NAVOLATO, SINALOA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES*
Artículo 1. Las disposiciones contenidas en el presente reglamento son de orden público e interés
social, y de observancia obligatoria en el territorio del municipio de Navolato, Sinaloa.
Artículo 2. Este reglamento tiene por objeto regular la prestación del servicio público de calles,
parques y jardines, tanto el que preste directamente el Ayuntamiento como el que preste con el
concurso del Gobierno del Estado o de los organismos públicos paraestatales, en coordinación o
con asociación de otros municipios; o por medio de organismos públicos paramunicipales.
Artículo 3. El servicio público de calles, parques y jardines comprende el alineamiento, trazo,
construcción, ampliación y mantenimiento de las vías públicas, así como el establecimiento,
ampliación y mantenimiento de áreas verdes, espacios recreativos, plazas, fuentes y la
ornamentación de las áreas y vías públicas.
Artículo 4. El servicio público de calles o vías públicas tendrá como actividades:
I. La determinación de los espacios para las calles, avenidas, calzadas, banquetas y otras vías
de acceso de la cabecera municipal y su conexión con las localidades del municipio;
II. La capacitación a los usuarios de las calles y banquetas para su mejor funcionamiento y
conservación;
III. El alineamiento, revestimiento de baches, pavimentación y mantenimiento de calles, vías
públicas y banquetas del municipio; y,
IV. La organización y coordinación de la participación social en campañas de construcción y
mantenimiento de vías públicas y banquetas.
* Publicado en el P.O., No.123, viernes 12 de octubre de 2001.
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