Reglamento de Biblioteca de la Universidad Politécnica de Tecámac.

Viernes 30 de julio de 2021 Sección Primera Tomo: CCXII No. 18
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Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo, que dice: UPT Universidad Politécnica de Tecámac.
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TECÁMAC, EN EJERCICIO DE LA
ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 14, FRACCIÓN VII DEL DECRETO DEL EJECUTIVO DEL
ESTADO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER ESTATAL
DENOMINADO UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TECÁMAC; Y:
CONSIDERANDO
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, establece que para que la gobernabilidad sea efectiva,
debe ser democrática y apegada a derecho. Lo anterior requiere que las instituciones estatales tengan las
capacidades y los recursos necesarios para desempeñar cabalmente sus funciones y tener capacidad de responder
de manera legítima y eficaz a las demandas que plantea la sociedad.
Que en la actualidad se reconoce la imperiosa necesidad de implementar un conjunto de estrategias y acciones
orientadas a fortalecer la capacidad institucional y la reingeniería de la estructura, mismas que deben ser acordes a la
realidad nacional y al desarrollo e implementación de las mejores prácticas para la innovación, modernización
simplificación y calidad de la Administración Pública Estatal.
Que para cumplir los objetivos y líneas de acción propuestas, se deberán mejorar las capacidades de la
administración garantizando la gobernabilidad, la legalidad, la eficiencia gubernamental y la rendición de cuentas, así
como la igualdad y la equidad de género.
Que mediante Decreto del Ejecutivo del Estado, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta de Gobierno”, el 18 de
agosto del 2008, se creó la Universidad Politécnica de Tecámac, como un organismo público descentralizado del
Gobierno del Estado de México, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto, entre otros,
impartir educación superior en los niveles de Licenciatura, Especialización, Maestría, Doctorado, así como cursos de
actualización en sus diversas modalidades, incluyendo educación a distancia, diseñados con base en competencias.
Que con la finalidad de coadyuvar al cumplimiento de su objeto, la Universidad cuenta con un espacio designado para
ofrecer el servicio de Biblioteca para incrementar el acervo cultural así como facilitar la investigación científica y
tecnológica.
En mérito de lo anterior se expide el:
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TECÁMAC
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El presente Reglamento es de observancia e interés general y tiene por objeto normar la organización y el
funcionamiento del servicio de Biblioteca de ésta Institución, a fin de promover el acervo cultural así como facilitar la
investigación científica y tecnológica.
La aplicación, vigilancia y cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento corresponden a la o el Titular
de la Dirección de División, a través de la o el Responsable del Servicio de Biblioteca, en la esfera de sus funciones.
Artículo 2. Para efectos del presente Reglamento se entenderá por:
I. Biblioteca: Espacio donde se proporcionan recursos y servicios de información en un ambiente de calidad que
estimule, facilite, y satisfaga las necesidades del proceso de aprendizaje de sus usuarios.
II. Estudiante: Quienes hayan cumplido los requisitos de admisión, inscripción, reinscripción establecidos en el
Reglamento de Estudiantes de la Universidad Politécnica de Tecámac.
III. Material: Conjunto de libros o equipo de cómputo que el usuario desee utilizar para fines académicos o de
investigación.
IV. Préstamo Inter-bibliotecario: Tipo especial de préstamo que se realiza entre bibliotecas y consiste en la
posibilidad de compartir en forma equitativa el uso de los distintos acervos bibliográficos.
V. Sala de Lectura: Espacio determinado y abierto para los usuarios para consultar libros y servir el apoyo a la
lectura, el estudio o la investigación.
VI: Servicio: Conjunto de actividades realizadas por el personal de Biblioteca para satisfacer las necesidades de los
usuarios.

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