Reglamento Administrativo de Juzgados Calificadores, del Municipio de Huimanguillo, Tabasco
REGLAMENTO ADMINISTRATIVO DE JUZGADOS CALIFICADORES, DEL MUNICIPIO DE HUIMANGUILLO, TABASCO
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Suplemento del Periódico Oficial del Estado de Tabasco, el sábado 1 de diciembre de 2007.
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LIC. OSCAR FERRER ÁBALOS, PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE HUlMANGUlLLO, TABASCO, A TODOS LOS HABITANTES, HAGO SABER:
QUE EL H. AYUNTAMIENTO DE HUIMANGUILLO, TABASCO, QUE PRESIDO, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; EL ARTICULO 65 FRACCIÓN I, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, Y LOS ARTÍCULOS 1 ÚLTIMO PÁRRAFO, 2, 29 FRACCIÓN III, 47, 50, 51, 52, 53 FRACCIÓN IV, 54 FRACCIÓN III, 64 FRACCIÓN IX, 65 FRACCIÓN II Y 74, DE LA LEY ORGÁNICA DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE TABASCO EN VIGOR, Y TITULO SEGUNDO, CAPÍTULO II DEL BANDO DE POLICÍA Y GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE HUIMANGUlLLO, TABASCO EN VIGOR, Y
CONSIDERANDO.
CUARTO.- QUE EL H. AYUNTAMIENTO EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; EL ARTICULO 65 FRACCIÓN I, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, Y LOS ARTÍCULOS 2 ÚLTIMO PÁRRAFO, 29 FRACCIÓN III, 47, 50, 51, 52, 53 FRACCIÓN IV, 54 FRACCIÓN II, 64 FRACCIÓN IX, 65 FRACCIÓN II Y 74, DE LA LEY ORGÁNICA DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE TABASCO EN VIGOR, Y TITULO SEGUNDO, CAPÍTULO II DEL BANDO DE POLICÍA Y GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE HUIMANGUILLO EN VIGOR, Y EN SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DE FECHA QUINCE DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO 2007, A TENIDO A BIEN EMITIR EL SIGUIENTE:
REGLAMENTO ADMINISTRATIVO DE JUZGADOS CALIFICADORES, DEL MUNICIPIO DE HUIMANGUILLO, TABASCO.
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Ayuntamiento: Al H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Huimanguillo, Tabasco;
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Presidente Municipal: Al Primer Regidor y titular del Órgano Ejecutivo del H. Ayuntamiento;
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Síndico de Hacienda: Al Segundo y tercer Regidor del Ayuntamiento, encargado de la Comisión de Hacienda y Representante Legal según la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco;
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Autoridades Municipales: Las que se encuentran señaladas en el artículo sesenta y cuatro de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco;
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Regidores: A los demás integrantes del Ayuntamiento;
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Municipio: Al Municipio de Huimanguillo, Tabasco;
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Juez: Al encargado o titular del juzgado Calificador del Municipio;
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Juzgado Calificador: Autoridad Municipal encargada de calificar las faltas administrativas;
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Estado: A los poderes del Estado de Tabasco; y
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Federación: A los Poderes de los Estado (sic) Unidos Mexicanos.
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De los asuntos que tengan como origen las infracciones al Bando de Policía y Gobierno, los Reglamentos Municipales y demás disposiciones administrativas del Ayuntamiento, y las que no tengan señalado expresamente lo contrario;
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Calificar las faltas al Bando de Policía y Gobierno, los Reglamentos Municipales y, en su caso, determinar las sanciones correspondientes; y
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De los demás asuntos que les encomienden las Leyes, el presente Reglamento y demás Reglamentación de carácter municipal.
l. Conocer de los asuntos de su competencia;
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Informar al Presidente Municipal, acerca de las incidencias ocurridas en el día, en materia de calificación de las infracciones y sanción de faltas administrativas;
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Rendir un informe pormenorizado de las multas impuestas a los infractores dentro de los primeros cinco días del mes siguiente, al Presidente Municipal;
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Conducir el Procedimiento Administrativo, en todas sus etapas con estricto apego a las Leyes y Reglamentos municipales; y
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Rendir informe pormenorizado dentro de los cinco días del mes siguiente, a la Dirección de Asuntos Jurídicos, Secretario del Ayuntamiento, Contraloría Municipal, Dirección de Seguridad Publica y a la Dirección de Finanzas.
Debiendo seguir el procedimiento previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, el Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Huimanguillo, Tabasco y en el presente Reglamento y demás disposiciones Administrativas.
DE LA INTEGRACIÓN DEL PERSONAL
l. Un Juez;
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Un Secretario;
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Un Médico; y
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Auxiliados por los Elementos de Seguridad Pública, que sean necesarios.
El Juez será responsable del funcionamiento administrativo del Juzgado Calificador, en consecuencia, el personal a que se refiere este artículo estará supeditado jerárquicamente a él.
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Ser mexicano por nacimiento y tener plena capacidad jurídica;
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No tener antecedentes penales;
IIl. Tener un modo honesto de vivir;
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No ser ministro de algún culto religioso;
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Haber cursado la carrera de Licenciado en Derecho, como mínimo; y
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Tener una residencia fija en el Municipio no menor de seis meses al día de su designación.
El demás personal será nombrado y removido libremente por el Presidente Municipal. Los nombramientos serán firmados por el Presidente Municipal y el Director de Administración y los demás del personal por el Director de Administración.
l. Conocer de las faltas al Bando de Policía y Gobierno y demás Reglamentos, circulares y demás disposiciones administrativas de observancia general, todas de carácter municipal y demás ordenamientos legales, así como dictar las medidas y sanciones que conforme a éstos sean aplicables siempre y cuando estas facultades no estén expresamente encomendadas a otras autoridades;
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Ejercer funciones de conciliación o de advertencia cuando hubiere motivo fundado, en relación con los asuntos sometidos a su conocimiento...
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