Reglamento Administrativo del Consejo Estatal de Promocion y Fomento Turistico en el Estado de Baja California Sur

REGLAMENTO ADMINISTRATIVO DEL CONSEJO ESTATAL DE PROMOCION Y FOMENTO TURISTICO EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR

ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL BOLETIN OFICIAL: 20 DE JULIO DE 1980.

Reglamento publicado en el Boletín Oficial del Estado de Baja California Sur, el jueves 31 de marzo de 1977.

ANGEL CESAR MENDOZA ARAMBURO, Gobernador Constitucional del Estado de Baja California Sur, con fundamento en las fracciones I y XXXI del artículo 79 de su Constitución Política y del artículo 33 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, he tenido a bién dictar el siguiente

DECRETO.

  1. Considerando que al crearse el Consejo Estatal de Promoción y Fomento Turístico en el Estado de Baja California sur, sólo se mencionaron los elementos esenciales de forma de integración y funciones, resulta indispensable reglamentar todos los demás elementos de administración y operación, para lo cual expido el siguiente

REGLAMENTO ADMINISTRATIVO DEL CONSEJO ESTATAL DE PROMOCION Y FOMENTO TURISTICO EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR.

ARTICULO 1o El Consejo Estatal de Promoción y Fomento Turístico en el Estado de Baja California Sur, al que se nombrará también "EL Consejo" en esta reglamentación, tendrá su domicilio en la ciudad de la Paz y su duración será por tiempo indefinido.

(REFORMADO, B.O. 20 DE JULIO DE 1980)

ARTICULO 2o El Consejo Estatal de Promoción y Fomento Turístico de Baja California Sur, tendrá los siguientes objetivos y funciones:
  1. Estudiar y proponer las medidas y soluciones sobre la problemática de la Entidad en Materia de Turismo, para la conservación y aprovechamiento de los recursos turísticos del Estado.

  2. Proponer las estrategias y políticas turísticas que favorezcan el aprovechamiento de los recursos naturales y culturales y los servicios turísticos y que incrementan la corriente turística a la Entidad, tanto Nacional como Extranjera, así como la generación de Ingresos y creación de empleos.

  3. Coordina las acciones de los Sectores Público, Social y Privado, en materia turística, propiciando su integración a fin de incrementar la oferta turística local y propugnar por la celebración de convenios entre el Gobierno Federal y el Gobierno el Estado y Municipios con fines de promoción y de funcionamiento de servicios turísticos.

  4. Fortalecer la imagen turística del Estado, a través de la promoción y difusión de la calidad de los recursos y servicios turísticos.

  5. Propiciar la capacitación y...

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