Reglamento de Acceso a la Informacion Publica del Municipio de Tarimbaro, Michoacan

REGLAMENTO DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL MUNICIPIO DE TARIMBARO, MICHOACAN

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en la Quinta Sección del Periódico Oficial del Estado de Michoacán, el jueves 23 de abril de 2009.

Acta de Cabildo No. 53

En la población de Tarímbaro, Michoacán, siendo las 11:30 horas del día 1 de abril del 2009, reunidos en las ala de juntas del palacio municipal de Tarímbaro Michoacán con domicilio bien conocido en la calle Hidalgo Numero 11 de la población de Tarímbaro., los C.C. Baltazar Gaona Sánchez, Presidente Municipal; Joaquín Bazan Castro, Síndico Municipal; así como los Regidores Juan Manuel Chávez Quintana, Olivia Herrejón Chávez, Juan Carlos Goñi Ayala, Adolfo Calderón Guzmán, Ing. Edgar Velázquez Sánchez, Fernando Espinoza Páramo y Verónica Montoya Ayala; acto seguido el C. Prof. Manuel Ojeda Zamudio, Secretario Municipal, da a conocer el orden del día para desarrollar los trabajos de sesión el cual es el siguiente

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  5. - Presentación del proyecto para su análisis y/o aprobación de la Ley de Acceso a la Información Pública.

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Punto número 5.- En uso de la palabra el C. Profr. Manuel Ojeda Zamudio Secretario del H. Ayuntamiento manifiesta al pleno la necesidad de contar con el reglamento en el ámbito municipal que nos permita ejercer el derecho de Acceso a la Información Pública del Municipio de Tarímbaro, Michoacán.

Hace saber al H. Ayuntamiento que se trabajó en la adecuación del Reglamento correspondiente y que del mismo se obtuvo el que se presenta. En uso de la palabra el C. Presidente Municipal instó a todos los presentes para que otorgaran su voto a favor del multicitado Reglamento considerando que la sociedad en su conjunto tiene el legítimo derecho de conocer la información necesaria que le de la confianza de saber el actuar de sus autoridades; por lo que en el acto se pasó a votación el documento, siendo aprobado por unanimidad y autorizado a la Secretaría del H. Ayuntamiento para que realice el trámite correspondiente para su publicación en el Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo.

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Sin otro particular que tratar se de por terminada la sesión siendo las 2:45 P.M. del mismo día, firmando de conformidad los que en ella intervinieron.

Presidente Municipal, C. Baltazar Gaona Sánchez - Síndico Municipal, C. Joaquín Bazán Castro (Firmados).

REGIDORES:

C. Juan Manuel Chávez Quintana, - C. Olivia Herrejón Chávez, - C. Arq. Juan Carlos Goñi Ayala, - C. Adolfo Calderón Guzmán, - C. lng. Edgar Velázquez Sánchez, - C. Fernando Espinoza Páramo, C. Verónica Montoya Ayala (Firmados).

C. Profr. Manuel Ojeda Zamudio, Secretario del H. Ayuntamiento (Firmado).

C E R T I F I C A C I Ó N

El que suscribe, Profr. Manuel Ojeda Zamudio, Secretario del H. Ayuntamiento de Tarímbaro, Michoacán, por el periodo comprendido del 2008 al 2011, en los términos de la fracción VIII del artículo 53 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo.

C E R T I F I C O

Que las presentes copias fotostáticas concuerdan fielmente en todas y cada una de sus partes con su original que tuve a la vista. Doy Fe.

Tarímbaro, Michoacán; a 16 de Abril del 2009.

A T E N T A M E N TE:

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO DE TARÍMBARO

PROFR. MANUEL OJEDA ZAMUDIO.

(Firmado)

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE TARÍMBARO, MICH.

El Ciudadano Baltazar Gaona Sánchez, Presidente Municipal de Tarímbaro del Estado de Michoacán de Ocampo; a los habitantes en general de este Municipio y a los integrantes del Honorable Ayuntamiento que presido:

Fundamentado por lo dispuesto en los artículos 115 fracciones l y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 113 y 123 en su fracción IV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; artículos 1°, 2°, 4°, 5° fracción V, 8°, 9°, Cuarto y Quinto transitorio y. demás relativos de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; artículos , 32 inciso a) fracción XIII, 145, 146 Y 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, someto a consideración de ustedes propuesta del Reglamento de Acceso a la Información Pública del Municipio de Tarímbaro, Michoacán. En los términos del presente documento para los efectos legales procedentes a que haya lugar; argumentada y sustentada.

Siendo competencia exclusiva del Honorable Ayuntamiento de Tarímbaro, Michoacán para normar el Derecho de Acceso a la Información Pública en este Municipio, de conformidad con lo dispuesto en las leyes y sus fracciones mencionadas antes y con el objeto de trasparentar, las acciones de Gobierno es indispensable informar a los ciudadanos sobre el presupuesto económico con el que se cuenta, así como el destino que se le asigna, el funcionamiento de los servidores públicos y los resultados que se obtienen en el desempeño de sus funciones; con la intención de que los habitantes de este Municipio, tengan. certeza jurídica de que lo ocurrido en la vida interna municipal; es en apego a las leyes previamente mencionadas; que se propone el presente Reglamento para Ejercer el Derecho de Acceso a la Información Pública del Municipio de Tarímbaro, sustentándose lo anterior en la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Michoacán de Ocampo.

OBJETIVO.

Este Reglamento busca garantizar el derecho de toda persona al acceso a la información Pública, de manera legal y organizada que además permita a la ciudadanía conocer la transparencia en el manejo de los recursos económicos, así como de documentos emitidos por las dependencias del Gobierno Municipal, por lo que se somete a la consideración de ustedes la presente propuesta en lo siguiente a saber:

PROPUESTA DEL REGLAMENTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE TARÍMBARO, MICHOACÁN.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 51
Artículo 1° El presente Reglamento es de orden e interés público, observancia general y tiene por objeto garantizar el acceso a toda persona a la información pública, creada, administrada y/o en posesión del Municipio de Tarímbaro, Michoacán.
Artículo 2° La vigilancia para la correcta aplicación del presente ordenamiento compete al Presidente Municipal y al H

Ayuntamiento de Tarímbaro, Michoacán.

Artículo 3° Los titulares de las dependencias, entidades y unidades administrativas serán responsables de la estricta observancia del presente Reglamento.
Artículo 4° Para los efectos del presente Reglamento se atenderá a las definiciones contenidas en el artículo 5° de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Michoacán de Ocampo, además de las siguientes:

LEY. La Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Michoacán de Ocampo;

REGLAMENTO. El Reglamento de Acceso a la Información Pública del Municipio de Tarímbaro Michoacán;

DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. El derecho que tiene toda persona para acceder a la información creada, administrada o en posesión del Ayuntamiento de Tarímbaro y del Comité Técnico de Acceso a la Información Pública del H. ayuntamiento del Municipio de Tarímbaro Mich;

DATOS PERSONALES PROTEGIDOS. La garantía de tutela de la privacidad de datos personales en posesión del Ayuntamiento de Tarímbaro como: origen étnico o racial; características físicas, morales o emocionales; vida afectiva o familiar; domicilio; número telefónico; patrimonio; ideología; opiniones políticas; creencias filosóficas o religiosas; estados de salud físicos o mentales; la preferencia sexual; u otras análogas que afecten su intimidad;

COMITÉ. El Comité Técnico de Acceso a la Información Pública del H. Ayuntamiento del Municipio de Tarímbaro, Mich;

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Al Ayuntamiento de Tarímbaro, sus dependencias, entidades, unidades administrativas, órganos administrativos desconcentrados y organismos descentralizados municipales;

AYUNTAMIENTO. EL Ayuntamiento de Tarímbaro Michoacán;

PRESIDENTE. Al Presidente Municipal de Tarímbaro;

SINDICATURA. A la Sindicatura Municipal;

TESORERÍA. A la Tesorería Municipal;

CONTRALORIA. A la Contraloría Municipal;

COPLADEMUN. Al Comité de Planeación para el Desarrollo del Municipio de Tarímbaro;

INTERES PÚBLICO. La valoración atribuida a los fines que persigue la consulta y examen de la información pública, a efecto de contribuir a la informada toma de decisiones de las personas en el marco de una sociedad democrática;

INFORMACIÓN DE OFICIO. La información de carácter general que obligatoriamente debe proporcionar el Comité, o las entidades públicas del H. Ayuntamiento;

INFORMACIÓN PÚBLICA. El registro, archivo o cualquier dato que se recopile, mantenga, procese o se encuentre en posesión del Comité;

INFORMACIÓN DE ACCESO RESTRINGIDO. La que se encuentra en posesión del Comité bajo las figuras de reserva o confidencialidad;

INFORMACIÓN RESERVADA. La que se encuentra temporalmente sujeta a alguna de las excepciones previstas en este Reglamento o en la Ley de la materia;

INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. La que se encuentra en posesión del Comité relativa a las personas, protegida por el derecho fundamental a la privacidad;

PERSONA. Las personas físicas o morales en pleno ejercicio de sus derechos;

PRINCIPIO DE PUBLICIDAD. EL principio en virtud del cual toda la información que emana de la administración pública es de carácter público, por lo cual el Ayuntamiento de Tarímbaro y el Comité deberán garantizar una organización interna que sistematice la información, para brindar acceso a las personas y también para su divulgación; y,

SERVIDOR PÚBLICO.- Las personas físicas que realicen cualquier actividad en nombre o al servicio del Ayuntamiento de Tarímbaro, cualquiera que sea su nivel jerárquico.

CAPÍTULO II Artículos 5 a 7

DE LA INFORMACIÓN DE OFICIO

Articulo 5°...

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