Acuerdo G/15/2013 por el que se determinan las Salas Regionales que serán apoyadas por las Salas Auxiliares del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, así como el número y cualidad de los asuntos (DOF 3/VI/2013)

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas496-503

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.- Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior.

ACUERDO G/15/2013

POR EL QUE SE DETERMINAN LAS SALAS REGIONALES QUE SERÁN APOYADAS POR LAS SALAS AUXILIARES DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, ASÍ COMO EL NÚMERO Y CUALIDAD DE LOS ASUNTOS.

El Pleno de la Sala Superior en su integración de once Magistrados, en adelante Pleno Jurisdiccional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, 17, 18 fracción X, 33 y 38-Bis, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; 2o., fracción IX, 21, 22 y 23-Bis, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, Segundo Transitorio del Acuerdo SS/3/2012 del Pleno de la Sala Superior, en su integración de trece Magistrados, en adelante la Sala Superior, dictado en sesión de 25 de enero de 2012, Tercero Transitorio del Acuerdo SS/6/2012 del Pleno de la Sala Superior, dictado en sesión de 10 de septiembre de 2012, Cuarto Transitorio del Acuerdo SS/1/2013 del Pleno de la Sala Superior, dictado en sesión de 4 de enero de 2013 y Segundo Transitorio del Acuerdo SS/5/2013 de la Sala Superior, dictado en sesión de 22 de mayo de 2013, por los cuales se reforman los artículos 21, 22 y 23-Bis, del citado Reglamento Interior, y

CONSIDERANDO

Primero.- Que por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de junio de 2011, se reformó la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, a fin de prever la existencia de las Salas Auxiliares que tendrían como propósito esencial apoyar en el dictado de sentencias;

Segundo.- Que mediante Acuerdo SS/3/2012, dictado en sesión de 25 de enero de 2012, la Sala Superior reformó el artículo 22, fracciones V y XII y adicionó el 23-Bis, ambos del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, con el objeto de transformar, a partir del 1o. de marzo de 2012, la Segunda Sala Regional de Oriente y la Tercera Sala Regional de Oriente, ambas con sede en la Ciudad de San Andrés Cholula, Puebla; así como la Tercera Sala Regional del Norte Centro II, con sede en la Ciudad de Torreón, Coahuila, en la Primera, Segunda y Tercera Salas Auxiliares del Tribunal, respectivamente. Asimismo, mediante Acuerdos SS/6/2012 y SS/1/2013, dictados en sesión de 10 de septiembre de 2012 y 4 de enero de 2013, la Sala Superior transformó la Segunda Sala Auxiliar en la Tercera Sala Regional del Noreste y creó la Cuarta Sala Auxiliar, con sede en la ciudad de Victoria, Durango, respectivamente;

Tercero.- Que el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior, mediante Acuerdo G/5/2012, dictado en sesión de 25 de enero de 2012, determinó las Salas Regionales que, a partir del 1o. de marzo de 2012, serían apoyadas por las Salas Auxiliares, así como el número y cualidad de los asuntos que les serían turnados;

Cuarto.- Que el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior, mediante Acuerdo G/32/2012, dictado en sesión de 10 de septiembre de 2012, modificó el Acuerdo G/5/2012, y determinó las Salas Regionales que, a partir del 1o. de noviembre de 2012, serían apoyadas por las Salas Auxiliares, así como el número de los asuntos que les serían turnados;

Quinto.- Que conforme al artículo Tercero Transitorio del Acuerdo SS/3/2012 de 25 de enero de 2012, la Junta de Gobierno y Administración dictó los acuerdos necesarios para la operación de las Salas Auxiliares del Tribunal;

Sexto.- Que en virtud de los diversos obstáculos que enfrentó el desarrollo de la operación de la normatividad descrita, mismos que se detectaron en las Salas Auxiliares durante el proceso de visitas 2012, se hace necesario abrogar el Acuerdo G/5/2012 y su modificación contenida en el diverso G/32/2012 antes referidos, y en su lugar emitir un nuevo instrumento normativo que concentre, armonice y garantice la eficacia de todos los procedimientos que regulan la operación de las Salas Auxiliares, para mejorar su funcionamiento y optimizar los objetivos que les fueron asignados por la Ley;

Séptimo.- Que tomando en cuenta lo anterior, y toda vez que es facultad del Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior determinar las Salas Regionales que serán apoyadas por las Salas Auxiliares, así como el número y cualidad de los asuntos que se enviarán a éstas últimas, se estima conveniente proceder a la emisión de un nuevo Acuerdo, que subsane las deficiencias detectadas y que garantice la adaptabilidad de sus normas a la realidad actual de las Salas que de conformidad con la información estadística obtenida por el Sistema de Control y Seguimiento de Juicios, actualmente cuentan con un alto porcentaje de ingresos, inventarios altos y en consecuencia, mayores cargas de trabajo;

Octavo.- Que la Junta de Gobierno y Administración hizo del conocimiento de este Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior, los informes y reportes estadísticos registrados en el desempeño de las Salas Regionales en el año 2012 y en los meses transcurridos hasta el mes anterior a este Acuerdo, que comprenden, cuando menos, los datos consistentes en: a) el número de expedientes que se encuentran en trámite en cada Sala Regional, b) el número de demandas que mensualmente han ingresado a cada Sala Regional, c) el número de sentencias emitidas mensualmente por cada Sala Regional, d) la...

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