Del régimen de pequeños contribuyentes

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de acuerdo con lo estipulado en el contrato de fideicomiso, y acre-
ditarán en esa misma proporción el crédito fiscal a que se refiere el
artículo 11 de esta Ley que les corresponda y los pagos provisionales
efectivamente realizados por la institución fiduciaria y la cantidad que
se determine en los términos del penúltimo párrafo del artículo 8 de
esta Ley.
LIETU 8, 11
Pagos provisionales
Los pagos provisionales del impuesto empresarial a tasa única
correspondientes a las actividades realizadas a través del fideicomiso
se calcularán en los términos de los artículos 9 y 10 de esta Ley. Para
estos efectos, la institución fiduciaria presentará una declaración por
sus propias actividades y otra por cada uno de los fideicomisos en
los que actúe en su carácter de institución fiduciaria.
LIETU 1, 9, 10
Falta de designación de fideicomisarios
En los casos en los que no se hayan designado fideicomisarios o
éstos no puedan identificarse, se entenderá que las actividades por
las que se deba pagar el impuesto empresarial a tasa única realiza-
das a través del fideicomiso las realiza el fideicomitente.
LIETU 1
Los fideicomisarios o, en su caso, los fideicomitentes, responde-
rán por el incumplimiento de las obligaciones que por su cuenta deba
cumplir la institución fiduciaria.
LIETU 7, 18
Opción para los fideicomisarios y fideicomitentes de cumplir por
su cuenta con las obligaciones de esta ley
Los fideicomisarios o, en su caso, los fideicomitentes, que reali-
cen actividades a través de un fideicomiso por las que se deba pagar
el impuesto empresarial a tasa única, pero que para los efectos del
impuesto sobre la renta no realicen actividades empresariales a tra-
vés de dicho fideicomiso, podrán optar cumplir con las obligaciones
establecidas en esta Ley por su cuenta, siempre que la totalidad de
los fideicomisarios o fideicomitentes manifiesten por escrito a la ins-
titución fiduciaria dicha circunstancia y ésta presente a más tardar el
día 17 del mes siguiente a aquél en el que recibió la manifestación a
que se refiere este párrafo, un aviso ante las autoridades fiscales en
el que informe que los fideicomisarios o fideicomitentes cumplirán
por su cuenta con las obligaciones establecidas en esta Ley por las
actividades realizadas a través del fideicomiso. La opción a que se
refiere este párrafo no será aplicable cuando no se presente el citado
aviso.
LIETU 9, 10, 18; LTO C 381 al 407
CAPITULO V
DEL REGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
PAGO DEL IETU MEDIANTE LA ESTIMATIVA
ARTICULO 17. Las personas físicas que hayan optado por pagar
el impuesto sobre la renta de conformidad con la Sección III del Ca-
pítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta mediante
16-17
IETU/DE LOS FIDEICOMISOS

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