La cultura del refugio y sus implicaciones en la normatividad vigente

AutorMarta Villarreal
Páginas193-198
193
La Cultura del Refugio y sus Implicaciones
en la Normatividad Vigente
Marta Villarreal*
El constituyente habló y por fin plasmó en la Carta Magna un derecho
de los extranjeros que había literalmente brillado por su ausencia, la garantía de
audiencia previa la expulsión decretada por el Ejecutivo.1
Los grupos interesados en hacer efectiva la garantía de igualdad en los
derechos humanos podrían y seguramente están de plácemes por semejante paso
adelante en nuestro régimen constitucional.
Las reformas constitucionales son resultado de un movimiento para
empatar la norma máxima con el sistema universal de derechos humanos, las
modificaciones trascendieron la fachada de la denominación del capítulo I del
título Primero, para permear en sus diversas normas un lenguaje y contenido de
derechos humanos.2 Más allá de las implicaciones del cambio de denominación,
las reformas al capítulo De los Derechos Humanos y sus Garantías recogen una
concepción normativa diferente, al servicio y en favor de las personas. El
reconocimiento constitucional de los derechos humanos como pivote interpreta-
tivo y la inclusión de los contenidos de los tratados internacionales, aunados al
alcance universal del goce de los mismos para toda persona, importa sin duda,
un avance significativo.
*Candidata al grado de Maestra en Derecho en los Derechos Humanos (LLM in Human Rights) por la Central
Europea University, Budapest.
2 El artículo único establece: Se modifica la denominación del Capítulo Primero del Título Primero; el
primero y quinto párrafos del artículo 1o.; el segundo párrafo del artículo 3o.; el primer párrafo del artículo
11; el artículo 15; el segundo párrafo del artículo 18; el primer párrafo del artículo 29; el primer párrafo del
artículo 33; la fracción décima del artículo 89; el segundo párrafo del artículo 97; el segundo y tercer
párrafos del apartado B del artículo 102; y el inciso g) de la fracción segunda del artículo 105; la adición de
dos nuevos párrafos, segundo y tercero, al artículo 1o. y recorriéndose los actuales en su orden; un nuevo
párrafo segundo al artículo 11, los párrafos segundo, tercero, cuarto y quinto al artículo 29; un nuevo párrafo
segundo al artículo 33, recorriéndose el actual en su orden y los nuevos párrafos quinto, octavo y décimo
primero, recorriéndose los actuales en su orden, al artículo 102 del Apartado B; todos de la Constitución
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