Algunas reformas a la legislación mercantil mexicana en los inicios del siglo XXI: una revisión de su sentido y alcance en relación con las PYMES

AutorLuis Figueroa Díaz
CargoProfesor-Investigador del Departamento de Derecho, UAM-Azcapotzalco
Páginas579-598
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Algunas reformas a la legislación mercantil mexicana 579-598
Algunas reformas a la
legislación mercantil
mexicana en los inicios
del siglo XXI: una
revisión de su sentido y
alcance en relación con
las PYMES
Luis
Figueroa Díaz*
Sumario: P réambulo / I. Objeto y mé todo de estudio / II. Marc o teórico referencial / III. El
concepto de acto de comercio electr ónico y las PYMES / IV. Las refor mas a la Ley Gene ral de
Sociedades Merca ntiles en cuanto a la constitución po r oferta pública de la empresa mediante el
mercado de valores y las PYMES / V. La nueva organización jurídica de las empresas de factoraje
y arrendamient o na nciero y las PYMES / VI. La construcción de una síntesis legislativa
PYMES en México y el interés público tutela do / VII. Breves conclusiones / Fuentes de consulta
* Profesor-Investigad or del Departamento d e Derecho, UAM-Azcapotzalc o.
Resumen
E
l trabajo aborda el estudio general de tres reformas mercantiles promulgadas en
México en estas primeras décad as del siglo XXI a saber: a) la relativa a la denición del
acto de comercio electrónico, b) la refere nte a la constitución de socied ades anónimas
mediante oferta pública y c) la nueva organización jurídica de las sociedades nancieras
de objeto múltiple. En el marco teórico y formal del derecho económico; analiza el sentido
y alcance que esas reformas tienen sobre el desarrollo de las PYMES en el país, especí-
camente en cuanto a un a posible integración legislativa sistémica de s u organización.
Abstrac
The work deals with the general study of three mercantile reforms promulgated in
Mexico in these rst decades of the 21st century, namely: a) the one re lated to the
denition of the electronic commerce act, b) the one related to the constitution of public
limited comp anies through pu blic offe r and c) the new legal organization of multiple
purpose nancial corporations. In the theoretical and formal fra mework of economic
law, analyze the meaning and scope of these reforms on the develop ment of SMEs in
the countr y, specically in ter ms of a possible s ystemic legislative integra tion of their
organization.
Sección Artículos de Investigación
580 alegatos, núm. 97, México, septiembre/diciembre de 2017
Préambulo
Los gobiernos mexicanos, desde hace ya décad as, promueven tratados y acuerdos
comerciales, para lo cual han establecido modicaciones signicativas en los marcos
regulatorios mercantiles.
La modernización de la legislación mercantil en particular ha par tido de esos
procesos de negociación interna cional y t iene como principales propósitos el esta-
blecer las condiciones jurídicas necesarias para, en lo interno, hacer compatibles los
compromisos de intercambio tecnológico, de bienes, de inversión y comercio.
En este contexto, el camino de la simi litud de la s economías con las que Méxi-
co ha establecido estos tr atados, es la mejor forma de expresar lo que no ha ocurr i-
do ni o curre en estos procesos, puesto que el inte rés público es que, obligados por
esos tratados, los productores nacionales se vean forza dos a la actu alización de sus
organizaciones.
Así, en el plano estrictamente económico y dada la no similitud de los países que
participan de estos trat ados, podemos de cir, siguiendo a Paul Krug man, que e n un
esquema de notables diferencias siempre conllevan grandes dicultades en la inte-
gración y relación mercantil.
Krugma n esc ribe con res pecto a la actual situa ción de la comunidad europea,
que:
[…] la e x t ra ñ a co m bi n a ci ón e u r op e a de u n i da d y d e su n ió n — e l he c ho d e
que la mayor parte de sus naciones hayan adoptado una moneda común sin
haber creado antes la clase de u nión política y económica que esa clase de
moneda común exige— se ha convertido en una fuente gigantesca de debi-
lidad y crisis renovada.1
El efecto no deseado, en consecuencia, ha sido la actual reacción de algunos paí-
ses desarrollados, especialmente Estados Unidos, por revisar los contenidos y con-
diciones de esos acuerdos y tratados.
Particularmente, la s nuevas expresiones de proteccionismo y reconsideración de
los nexos globaliz ados, impa ctará en el sector de las micro, pequeñas y medianas
empresas,2 puesto que el objetivo de la apertura comercial para estas organizaciones
1 Paul Krug man, Acabad ya con esta crisis, 2012, p. 12, texto disponible en la página elect rónica cgrando-
la.les.wordprees.com , (consultada el día 2 de agosto de 2017).
2 La Le y para el desarrollo de la competiti vidad de la micro, pequeñ a y mediana empresa, que fue pu-
blicada en México en el Diario Oci al de la Feder ación, el 30 d e diciembre de 2002, establec e que la
estrati cación de éstas es en función del número de trabajadores , siendo micro aquellas de 0 a 10 trabaja-
dores; pequeñas emp resas entre 11 a 50 trabajadores en el sector indust rial y de servicios; en tanto lo son
de 11 a 30 en el se ctor comercio, y med ianas empresas a quellas de 51 a 250 tr abajadores (industr ia), de
31 a 100 (comercio), 51-100 (servicios); siendo así este un crit erio meramente cuan titativo por el número
de trabajadore s.

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