De reformas al artículo 7º de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales (para prohibir estrictamente que cualquier corriente, partido o agrupación política haga uso de la combinación de los colores de la Bandera Nacional en sus emblemas o propaganda)., de 30 de Octubre de 2001

DE REFORMAS AL ARTICULO 7 DE LA LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES (PARA PROHIBIR ESTRICTAMENTE QUE CUALQUIER CORRIENTE, PARTIDO O AGRUPACION POLITICA HAGA USO DE LA COMBINACION DE LOS COLORES DE LA BANDERA NACIONAL EN SUS EMBLEMAS O PROPAGANDA), PRESENTADA POR EL DIPUTADO GERMAN ARTURO PELLEGRINI PEREZ DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL MARTES 30 DE OCTUBRE DE 2001

Los suscritos diputados de diversos grupos parlamentarios de esta LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, 72 y 73, fracción XXIX-B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56, 62 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de ésta Honorable Asamblea la presente iniciativa de ley, conforme a la siguiente:

Exposición de Motivos

Es una obligación de todo mexicano y mexicana mostrar respeto a los símbolos patrios, y considerarlos como una realidad viva, con tradición propia, con unidad que supera toda división en parcialidades, clases o grupos, y con un claro destino: la cohesión de los mexicanos.

Nuestra Bandera, Escudo e Himno nacionales son la representatividad generalizada, no sólo de los mexicanos como individuos, sino de una Nación con un pasado glorioso y un futuro con esperanza.

El 24 de febrero de 1821, el mismo día en que se proclamó el Plan de Iguala, por encargo de Agustín de Iturbide se terminó de confeccionar la primera bandera nacional, que sería la de las Tres Garantías. No obstante por falta de un ordenamiento preciso se originaron discrepancias en la disposición de los colores. El 2 de noviembre de 1821 los colores de la bandera se usaron en distinto orden, por lo que la Junta Provisional Gubernativa dispuso que las franjas de la enseña patria fueran verticales con los colores verde, blanco y rojo, con un águila en la franja del centro que tuviera la cabeza coronada y estuviera parada sobre un nopal.

Al adoptar nuestro país un régimen republicano de gobierno, en 1823, el Congreso Constituyente decretó que la bandera oficial debería tener tres franjas verticales, verde, blanca y roja, llevar un águila sin corona y con ramas de encina y laurel en la parte inferior.

Estos elementos de la Bandera se han conservado, aunque la imagen del águila que lleva en la franja del centro siguió sufriendo distintas...

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