De reforma a diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos., de 13 de Noviembre de 2001

DE REFORMA A DIVERSOS ARTICULOS DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO RUFINO RODRIGUEZ CABRERA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL MARTES 13 DE NOVIEMBRE DE 2001

El suscrito, diputado federal a la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por lo establecido en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Cámara de Diputados la presente iniciativa de decreto que reforma diferentes artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La existencia de las instituciones públicas que tienen como encomienda la defensa de nuestra soberanía e integridad territoriales, es una necesidad que la seguridad nacional demanda y que debe llevar implícitos los recursos adecuados y la infraestructura necesaria que les permitan cumplir en forma eficaz con las vitales funciones que nuestro sistema jurídico les ha encomendado.

La importancia y el decisivo papel del Ejercito, de la Fuerza Aérea y la Armada Mexicanas, en la preservación de las instituciones nacionales, hace indispensable contar con un marco legal acorde a las fundamentales tareas que por disposición constitucional se asignan a nuestras fuerzas armadas.

Es por ello que nuestra Constitución destaca la relevancia de dichas instituciones y hace alusión a ellas en 22 de sus 136 artículos en los diferentes títulos y capítulos que la componen.

De tal suerte, que la regulación constitucional de nuestras Fuerzas Armadas, debe ser sumamente cuidadosa y estar sujeta a términos precisos, exactos, que no den lugar a confusiones o interpretaciones equívocas, debiendo delimitarse claramente su organización, efectivos, funciones, niveles de mando, facultades, prohibiciones y en general todo aquello que es inherente a la correcta regulación de nuestras instituciones armadas.

Al respecto cabe destacar que parte importante de las disposiciones de nuestra Constitución en la materia, datan algunas de ellas de los preceptos contenidos en el pacto federal de 1857 y es natural que a la fecha, gran parte de las mismas hayan cambiado considerablemente y por tal causa, se hace necesaria su revisión detallada, con el objeto de actualizarlas y precisar adecuadamente su terminología, su marco de competencia, su estructura y los parámetros de su actuación.

En ese sentido, es pertinente la adecuación del texto Constitucional, a fin de establecer apropiadamente los conceptos en donde se hace referencia a las Fuerzas Armadas Mexicanas y con el objeto de rectificar algunos términos correlativos a la estructura de las mismas.

La iniciativa que por este medio se presenta, debe ser el punto de partida que permita la necesaria modificación...

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