Reducción inmediata de inversiones

AutorManuel Corral Moreno
Páginas259-264
ESTUDIO PRACTICO DEL ISR PARA PERSONAS MORALES
259
CAPITULO VI
DEDUCCION INMEDIATA DE INVERSIONES
1. ESTIMULO A LA INVERSION PARA LAS MICRO Y PEQUEÑAS EM-
PRESAS
Para los sectores productivos que resultan más afectados por variacio-
nes en las condiciones de liquidez, se propuso a partir del ejercicio fiscal
2016 una serie de medidas enfocadas a promover la inversión.
Según los Criterios Generales de Política Económica para 2016, de
acuerdo con el Censo Económico de 2014 publicado por el INEGI, los es-
tablecimientos son micro y pequeños negocios, los cuales generan 7 de
cada 10 puestos de trabajo. Sin embargo, estos establecimientos sólo con-
tribuyen con el 19 por ciento del valor de la producción nacional. La baja
participación en el valor de la producción nacional se explica, entre otras
causas, por lo siguiente:
Reducidos niveles de capitalización e inversión, y
Por ser negocios sin acceso a financiamiento, a diferencia de las de
mayor tamaño.
En este sentido, se propuso aplicar la deducción inmediata de inver-
siones para las empresas de menor escala, definidas como aquéllas con
ingresos de hasta 100 millones de pesos, así como de la inversión en equi-
po de transporte y de la inversión en equipo necesario para la generación,
transporte, distribución y suministro de energía.
Por considerar que la medida reviste una connotación coyuntural, la
deducción inmediata sólo sería aplicable en forma temporal, para las in-
versiones realizadas durante 2016 y 2017, y para que no se difirieran pro-
yectos de inversión en los últimos meses de 2015, se propuso permitir a
los pequeños negocios efectuar la deducción inmediata de las inversiones
realizadas durante el último cuatrimestre de 2015, aplicándola en el pago
anual del ISR presentado en 2016.
Ahora bien, derivado del reconocimiento y la importancia que estas em-
presas tienen en la generación de empleos, así como para impulsar su
competitividad y facilitar su inserción en las cadenas productivas, el Ejecu-
tivo Federal ha estimado conveniente prolongar un ejercicio fiscal más la
temporalidad de la vigencia de los beneficios de la aplicación de la deduc-
ción inmediata.

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