Del Recurso de Revisión

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas581-584

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581 LFPA-MEDIDAS DE SEGURIDAD 81.-

Los interesados podrán hacer valer la prescripción por vía de excepción y la autoridad deberá declararla de oficio.

LFPA-MEDIDAS DE SEGURIDAD
TITULO V

Medidas de Seguridad

CAPITULO UNICO

Concepto de medidas de seguridad
81.- Se consideran medidas de seguridad las disposiciones que dicte la autoridad competente para proteger la salud y la seguridad públicas. Las medidas de seguridad se establecerán en cada caso por las leyes administrativas.

Base para dictar medidas de seguridad
82.- Las autoridades administrativas con base en los resultados de la visita de verificación o del informe de la misma, podrán dictar medidas de seguridad para corregir las irregularidades que se hubiesen encontrado, notificándolas al interesado y otorgándole un plazo adecuado para su realización. Dichas medidas tendrán la duración estrictamente necesariaparalacorreccióndelas irregularidades respectivas.

LFPA-RECURSO DE REVISION

TITULO VI

Del Recurso de Revisión

CAPITULO I

Disposiciones Generales

Interposición del recurso de revisión
83.- Los interesados afectados por los actos y resoluciones de las autoridades administrativas que pongan fin al procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente, podrán interponer el recurso de revisión o, cuando proceda, intentar la vía jurisdiccional que corresponda.

En los casos de actos de autoridad de los organismos descentralizados federales, de los servicios que el Estado presta de manera exclusiva a través de dichos organismos y de los contratos que los particulares sólo pueden celebrar con aquéllos, que no se refieran a las materias excluidas de la aplicación de esta ley, el recurso de revisión previsto en el párrafo anterior también podrá interponerse en contra de actos y resoluciones que pongan fin al procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente.

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84.- LFPA-RECURSO DE REVISION 582

Oposición a actos de trámite
84.- La oposición a los actos de trámite en un procedimiento administrativo deberá alegarse por los interesados durante dicho procedimiento, para su consideración, en la resolución que ponga fin al mismo. La oposición a tales actos de trámite se hará valer en todo caso al impugnar la resolución definitiva.

Plazo para la interposición del recurso
85.- El plazo para interponer el recurso de revisión será de quince días contado a partir del día siguiente a aquél en que hubiere surtido efectos la notificación de la resolución que se recurra.

Autoridad competente para la interposición y resolución del recurso y...

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