Recomendaciones para atender las cartasinvitación del SAT, por los supuestos del artículo 69-B del CFF y otros

AutorDulce María Alvarado Farías
CargoIntegrante de la comisión de desarrollo profesional fiscal 2, del colegio de contadores públicos de México, A.C.
Páginas17-20
Recomendaciones para
atender las cartas-
invitación del SAT,
por los supuestos del
artículo 69-B del CFF
y otros
ØCP DULCE MARÍA ALVARADO FARÍAS
INTEGRANTE DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO
PROFESIONAL FISCAL 2, DEL COLEGIO DE CONTADORES
PÚBLICOS DE MÉXICO, A.C.
Introducción
A partir de 2019 se han incrementado las invitaciones
a los contribuyentes con objeto de regularizar su situa-
ción como resultado de ciertas revisiones que el SAT
ha llevado a cabo de manera aleatoria para allegarse
de toda la información a la cual tiene acceso, principal-
mente la base de datos de la facturación electrónica;
por tal motivo, los CFDI son elementos fundamentales
para el cruce de información entre las operaciones que
efectúan los contribuyentes.
Desarrollo
El artículo 29 del CFF establece la obligación de expedir
CFDI por los actos o actividades que se realicen y, en su
caso, por las retenciones que se efectúen.
Es importante señalar que a partir del 1o. de enero de
2014 es obligatorio emitir factura electrónica, y a partir
de entonces han tenido lugar modificaciones en las ver-
siones de dichos comprobantes fiscales; por ello, como
resultado de los múltiples cambios y versiones de los
comprobantes fiscales, ha sido complicado entender
para ciertos contribuyentes cuál es la manera correcta
de emitir los CFDI.
En la actualidad, existen seis tipos de CFDI:
1. Comprobante de ingreso.
2. Comprobante de egreso.
3. Comprobante de traslado.
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1a. quincena
noviembre 2020
Colaboraciones FISCAL
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