Recibo de participación de utilidades

Actualizado aSeptiembre 2023

BUENO POR $ ________________

R E C I B I de._____________________________________________________________________

la cantidad de $ ________________________

Por concepto de Participación de Utilidades, correspondientes al Ejercicio Fiscal del................... según el siguiente detalle:

Período trabajado_______________________________.Salario ordinario diario_________________

Participación sobre percepción $_____________________

Participación sobre período trabajado $_____________________

SUMA DE PARTICIPACIONES $_____________________

  1. S. R $_____________________

IMPORTE NETO $_____________________

Los anteriores datos se derivan del proyecto formulado por la Comisión Mixta designada para determinar la Participación de utilidades de cada trabajador, en el término del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos y Artículos 117 al 131 de la Ley Federal del Trabajo. A cuyo proyecto expresamente otorgo mi conformidad.

____________________ de______________________________ de_____________________

RFC__________________________________________

___________________________________

NOMBRE Y FIRMA DEL TRABAJADOR

Jurisprudencia Relacionada

Época: Novena Época

Registro: 176142

Instancia: Segunda Sala

Tipo de Tesis: Aislada

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Tomo XXIII, Enero de 2006

Materia(s): Constitucional, Laboral

Tesis: 2a. II/2006

Página: 1304

REPARTO ADICIONAL DE UTILIDADES. EL ARTÍCULO 985 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO ES INCONSTITUCIONAL EN LA PARTE QUE ESTABLECE "3 DÍAS SIGUIENTES AL RECIBO DE LA NOTIFICACIÓN", POR GENERAR INSEGURIDAD JURÍDICA.

El citado precepto al prever que el patrón, a quien la Secretaría de Hacienda y Crédito Público determinó oficiosamente un crédito fiscal y, consecuentemente, el pago de reparto adicional de utilidades, podrá solicitar su suspensión en jurisdicción voluntaria, para lo cual deberá adjuntar al ocurso relativo la garantía que otorgue en favor de los trabajadores, una copia de la resolución dictada por la indicada Secretaría y comprobar que impugnó la resolución fiscal dentro de los 3 días siguientes al recibo de la notificación, contraviene las garantías de legalidad y seguridad jurídica contenidas en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que dicho precepto es oscuro e induce a confusión al no señalar a qué notificación se refiere como punto de partida para computar el referido plazo, teniendo en cuenta que...

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