PROY-NOM-036-SCT2-2007: Rampas de Emergencia para Frenado en Carreteras.

DependenciaSecretaría de Comunicaciones y Transportes
ClavePROY-NOM-036-SCT2-2007
Tipo de normaProyecto

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-036-SCT2-2007, RAMPAS DE EMERGENCIA PARA FRENADO EN CARRETERAS.

HUMBERTO TREVIÑO LANDOIS, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, con fundamento en los artículos 36 fracciones I y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 38 fracción II, 40 fracciones I, III, V y XVI, 41, 43, 47 y 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 5o., fracción VI de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 28, 30, 33 y 39 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 6o., fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; y los demás ordenamientos jurídicos que resulten aplicables; tiene a bien ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación, del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-036-SCT2-2007, Rampas de emergencia para frenado en carreteras.

El presente Proyecto fue revisado en el seno del Subcomité número 4 "Señalamiento Vial" y aprobado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre en su sesión ordinaria celebrada el 9 de septiembre de 2008 y se publica a efecto de que los interesados dentro de los 60 días naturales siguientes a la fecha de publicación, presenten comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, en sus oficinas sitas en Calzada de las Bombas número 411, 11o. piso, colonia Los Girasoles, Delegación Coyoacán, código postal 04920, teléfono 56 84 01 88, fax: 56 84 12 75, y correo electrónico iflores@sct.gob.mx

Durante el plazo mencionado, los análisis que sirvieron de base para la elaboración de la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, estarán a disposición del público en general, para su consulta en el domicilio del Comité.

Atentamente

México, D.F., a 5 de noviembre de 2008.- El Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, Humberto Treviño Landois.- Rúbrica.

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-036-SCT2-2007, RAMPAS DE EMERGENCIA PARA FRENADO EN CARRETERAS

PREFACIO

En la elaboración de esta Norma Oficial Mexicana participaron:

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

· INSTITUTO MEXICANO DEL TRANSPORTE

· DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS TECNICOS

· DIRECCION GENERAL DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

· DIRECCION GENERAL DE EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA EN ZONAS URBANO MARGINADAS

SECRETARIA DE TURISMO

· DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO DE PRODUCTOS TURISTICOS

POLICIA FEDERAL PREVENTIVA DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA

· COORDINACION DE SEGURIDAD REGIONAL

SECRETARIA DE TRANSPORTES Y VIALIDAD DEL DISTRITO FEDERAL

· DIRECCION GENERAL DE PLANEACION Y VIALIDAD

INSTITUCIONES ACADEMICAS

· INSTITUTO DE INGENIERIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO

· ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA, UNIDAD ZACATENCO, DEL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL

CAMARAS Y SOCIEDADES TECNICAS

· CAMARA NACIONAL DEL AUTOTRANSPORTE DE CARGA

· CAMARA NACIONAL DEL AUTOTRANSPORTE DE PASAJE Y TURISMO

· CONFEDERACION NACIONAL DE TRANSPORTISTAS MEXICANOS, A.C.

· ASOCIACION MEXICANA DE INGENIERIA DE TRANSPORTES, A.C.

· ASOCIACION MEXICANA DE INGENIERIA DE VIAS TERRESTRES, A.C.

· ASOCIACION MEXICANA DE CAMINOS, A.C.

· ASOCIACION NACIONAL DE INGENIERIA URBANA, A.C.

· ASOCIACION NACIONAL DE TRANSPORTE PRIVADO, A.C.

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo

  3. Campo de aplicación

  4. Referencias

  5. Definiciones

  6. Requisitos

  7. Especificaciones para el diseño

  8. Concordancia con normas internacionales

  9. Bibliografía

  10. Evaluación de la conformidad

  11. Vigilancia

  12. Observancia

  13. Vigencia

  14. Introducción

    Las condiciones prevalecientes del sitio en donde se construye una carretera pueden, en casos extremos, determinar el diseño de un alineamiento vertical con tangentes de pendientes descendentes continuas y prolongadas. La combinación de estas condiciones con fallas mecánicas de los vehículos, principalmente en sus sistemas de frenos, puede propiciar la ocurrencia de accidentes fatales. Para evitar en lo posible tales accidentes puede recurrirse a la construcción de las rampas de emergencia para frenado, también conocidas como rampas de escape o simplemente rampas de emergencia.

  15. Objetivo

    La presente Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los criterios generales que han de considerarse para el diseño y construcción de las rampas de emergencia para frenado (RE) en carreteras.

  16. Campo de aplicación

    Esta Norma es de aplicación obligatoria en todas las carreteras que tengan tramos con pendientes descendentes continuas y prolongadas con características tales que puedan propiciar accidentes fatales causados por vehículos que queden fuera de control por fallas mecánicas, principalmente en sus sistemas de frenos; en los términos que señala el Capítulo 5. de esta Norma.

  17. Referencias

    Es referencia de esta Norma, la Norma Oficial Mexicana NOM-034-SCT2-2003, Señalamiento horizontal y vertical de carreteras y vialidades urbanas.

  18. Definiciones

    Para los efectos de la presente Norma Oficial Mexicana se consideran las siguientes definiciones:

    4.1. Acceso

    Parte pavimentada de la rampa de emergencia para frenado que conecta el arroyo vial de la carretera con la cama de frenado como se muestra en la figura 1.

    4.2. Arroyo vial

    Franja destinada a la circulación de los vehículos, delimitada por los acotamientos o las banquetas.

    4.3. Cama de frenado

    Parte de la rampa de emergencia para frenado que propiamente detiene el vehículo con el material granular suelto que se coloca en su superficie. La configuración de la cama de frenado determina los cuatro tipos de rampas definidos en los párrafos 4.6. a 4.9. e ilustrados en la figura 2.

    4.4. Camino de servicio

    Franja pavimentada aledaña a la cama de frenado, acondicionada para retirar los vehículos que entren a la rampa de emergencia para frenado y dar mantenimiento a la cama de frenado.

    4.5. Corona de la carretera

    Superficie comprendida entre las aristas superiores de los taludes de un terraplén o entre las aristas inferiores de un corte al nivel del eje de dicha superficie, sin contar las cunetas.

    4.6. Drenaje

    Conjunto de elementos que permiten captar y desalojar el agua de lluvia o de escurrimientos superficiales.

    4.7. Macizo de anclaje

    Elemento, normalmente de concreto hidráulico, empotrado en el terreno para el apoyo firme de las grúas o los cabrestantes que se utilizan para el rescate de los vehículos averiados.

    4.8. Plaza de cobro

    Sitio de las autopistas donde se ubican las casetas en las que se cobran las cuotas para su utilización.

    4.9. Rampa de emergencia para frenado

    Es una franja auxiliar conectada al arroyo vial especialmente acondicionada para disipar la energía cinética de los vehículos que queden fuera de control por fallas mecánicas, principalmente en sus sistemas de frenos, desacelerándolos en forma controlada y segura, mediante el uso de materiales granulares sueltos y aprovechando, en su caso, la acción de la gravedad. Como se muestra en la figura 1, las rampas de emergencia para frenado constan de: acceso, cama de frenado y camino de servicio.

    4.10. Rampas con montículo (RE-1)

    Las que tienen una cama de frenado formada por un montículo de material granular suelto y seco con pendiente ascendente y espesor creciente, como se muestra en la figura 2, que funciona como disipador de energía para disminuir y detener la carrera de los vehículos sin frenos por la resistencia a la rodadura de las llantas, la acción de la gravedad por la pendiente longitudinal ascendente del montículo y eventualmente por la fricción entre el material granular y algunas partes del vehículo. Sólo se debe utilizar este tipo de rampas cuando se tengan limitaciones de espacio y su conveniencia esté sustentada en un estudio técnico que la justifique en términos de la disipación de la energía del vehículo.

    4.11. Rampas descendentes (RE-2)

    Las que tienen una cama de frenado de espesor uniforme con pendiente longitudinal descendente como se muestra en la figura 2. La acción de detención se limita al aumento de la resistencia a la rodadura, y debido a que la acción de la gravedad tiene un efecto acelerador, estas rampas suelen ser las de mayor longitud dependiendo de la magnitud de su pendiente descendente, de las características del material granular y de la velocidad del vehículo para la que se diseñen.

    4.12. Rampas horizontales (RE-3)

    Las que tienen cama de frenado horizontal de espesor uniforme, sin pendiente longitudinal como se muestra en la figura 2. La detención se limita al aumento de la resistencia a la rodadura. Como el efecto de la gravedad en la detención es nulo, estas rampas suelen ser largas dependiendo de las características del material granular y de la velocidad del vehículo para la que se diseñen.

    4.13. Rampas ascendentes (RE-4)

    Las que tienen una cama de frenado con espesor uniforme y pendiente longitudinal ascendente como se muestra en la figura 2. Como en la detención se aprovecha la resistencia a la rodadura y la acción de la gravedad por la pendiente longitudinal ascendente, estas rampas suelen ser menos largas que las rampas...

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