Tesis nº V-TASR-XXIX-2934 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 2007

JuezAislada, Sala Regional del Centro I
MateriaLEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO,Derecho Fiscal
Fecha01 Agosto 2007
Fecha de publicación01 Agosto 2007
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 80. Agosto 2007. p. 222
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónV-TASR-XXIX-2934

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

V-TASR-XXIX-2934

OBRAS DE URBANIZACIN.- LAS REALIZADAS POR LAS CONSTRUCTORAS EN LOS FRACCIONAMIENTOS NO CONSTITUYEN UNA ENAJENACIÓN SINO UNA PRESTACIÓN DE SERVICIOS, POR LO QUE NO SE ENCUENTRAN EXENTAS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO CONFORME AL ARTÍCULO 21-A DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EN 2005.-

El artículo 9, fracción II, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, contempla la exención del pago del impuesto en la enajenación de construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación. Asimismo, el diverso artículo 21-A del Reglamento de la ley en cita vigente en 2005, amplía la exención contenida en el artículo y fracción apuntados a la prestación de servicios de construcción de inmuebles destinadas a casa habitación, ampliación de ésta, así como la instalación de casas prefabricadas que sean utilizadas para este fin, estableciendo que no se consideran destinados a casa habitación las instalaciones y obras de urbanización, entre otras; por tanto, atendiendo a dichos preceptos legales no se considera como materia de la exención a las obras de urbanización realizadas en los fraccionamientos, independientemente de la denominación que se dé al contrato celebrado entre el propietario del inmueble y la empresa que realiza las obras de urbanización, ya que aun realizando un contrato de enajenación de obras, lo que en realidad se realiza es un...

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