Tesis nº V-TASR-XXXV-2011 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Mayo de 2006

JuezAislada, Sala Regional Chiapas - Tabasco
MateriaLEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA,Derecho Fiscal
Fecha01 Mayo 2006
Fecha de publicación01 Mayo 2006
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VI. No. 65. Mayo 2006. p. 201
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónV-TASR-XXXV-2011

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

V-TASR-XXXV-2011

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. EL ARTCULO 24, FRACCIÓN III DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, EXENTA DE LA OBLIGACIÓN DE PAGAR LAS EROGACIONES CON CHEQUES NOMINATIVOS, CUANDO LAS MISMAS SE EFECTÚEN EN POBLACIONES SIN SERVICIOS BANCARIOS O EN ZONAS RURALES.-

Ciertamente la fracción III del artículo 24 de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que: Las deducciones autorizadas se deberán de comprobar con documentación que reúna los requisitos que señalen las disposiciones fiscales relativas a la identidad y domicilio de quien los expida, así como de quien adquirió el bien de que se trate o recibió el servicio, y que en el caso de contribuyentes que en el ejercicio inmediato anterior hubieran obtenido ingresos acumulables superiores a cuatrocientos mil pesos, efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, los pagos en efectivo cuyo monto exceda de dos mil pesos excepto cuando dichos pagos se hagan por la prestación de un servicio personal subordinado. Asimismo, prevé que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá liberar de la obligación de pagar las erogaciones con cheques nominativos cuando las mismas se efectúen en poblaciones sin servicios bancarios o en zonas rurales. Ahora bien, cuando los pagos se efectúen mediante cheque nominativo, éste deberá ser de la cuenta del contribuyente y...

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