Tesis nº VIII-CASE-3CE-28 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2021

JuezCriterio Aislado de Sala Especializada
MateriaLEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Fecha01 Enero 2021
Fecha de publicación01 Enero 2021
LocalizadorR.T.F.J.A. Octava Época. Año VI. No. 50. Enero 2021. p. 468
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVIII-CASE-3CE-28

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

VIII-CASE-3CE-28

SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL POR FALTA DE FIRMA AUTÓGRAFA DE QUIEN PROMUEVE, SE ACTUALIZA CUANDO ESTÁ ACREDITADO QUE EL PROMOVENTE FALLECIÓ CON ANTELACIÓN A LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA.-

El artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo establece que toda promoción debe contener la firma autógrafa de quien la formule y sin ese requisito, se tendrá por no presentada. Así, la firma autógrafa es una formalidad esencial que denota la voluntad de promover el medio de defensa de quien ha sido afectado en sus intereses jurídicos o legítimos, por lo que el juicio contencioso administrativo debe ser promovido y contener la firma de la persona que en verdad se vea afectada en su esfera jurídica por un acto de autoridad, a lo que se denomina principio de instancia agraviada. Por tanto, cuando en el juicio se tiene, como un hecho probado y cierto que el deceso de la persona que presuntamente promueve la demanda ocurre con antelación a la fecha en que se presenta el escrito respectivo, ello implica que la demanda es promovida por una persona fallecida, lo cual no es factible jurídica ni materialmente, porque se sustenta en un hecho inverosímil e imposible. En tales condiciones, es imposible material y jurídicamente considerar que la demanda se interpuso por una persona que falleció antes del ejercicio de la acción que se contiene en la demanda, ya que a la fecha de su presentación no es factible exteriorizar su voluntad mediante el uso de la firma autógrafa; por tanto, la que aparece en el escrito de demanda no pudo ser puesta por la actora, lo que implica la...

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