Tesis nº VII-J-SS-84 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2013

JuezJurisprudencia, Pleno
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Fecha01 Octubre 2013
Fecha de publicación01 Octubre 2013
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 27. Octubre 2013. p. 50
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVII-J-SS-84

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIN

VII-J-SS-84

REVISIN DE GABINETE. FUNDAMENTACIN Y MOTIVACIN DE LA ORDEN QUE LA CONTIENE.-

De una interpretacin conjunta, sistemtica y armnica de los artculos 28 del C.F. de la Federacin, 26, 27 y 29 de su Reglamento vigente hasta el 7 de diciembre de 2009, actualmente 29, 30, 31 y 32 del referido Reglamento en vigor a partir del 8 siguiente, en relacin con el diverso 42, fraccin II del primer ordenamiento citado, se puede determinar que los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, se encuentran compelidos a tener registros contables, cuentas especiales y sistemas que mejor se adapten a su objeto social, esto es, a las actividades que realicen; debiendo reunir entre otras caractersticas, el que sean analticos, descriptivos y cronolgicos de todas las operaciones, actos o actividades, y en el caso que se trate de los libros de diario y mayor, estar debidamente encuadernados, empastados y foliados; as que, la facultad de la autoridad para requerir informacin y documentacin del contribuyente, se constrie a la precisin, en su caso, del registro contable correspondiente, pero no de los datos que el mismo deba contener, dado que cualquier...

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