Tesis nº II-TASS-4356 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 1982

Número de resoluciónII-TASS-4356
Fecha de publicación01 Noviembre 1982
Fecha01 Noviembre 1982
Número de registro4682
MateriaPROCESAL
LocalizadorR.T.F.F. Año V. No. 35. Noviembre 1982. p. 258;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Cuando al contestarse la demanda la autoridad sostiene que debe sobreseerse el juicio porque la demanda fue presentada fuera del término legal, apoyándose en la circunstancia de que la parte actora no manifestó la fecha en que realizó su primer cobro, la Sala del conocimiento deberá negar el sobreseimiento planteado, porque en los términos de lo dispuesto por el artículo 104 del Código Fiscal de la Federación, debe entenderse que el primer cobro se...

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