Tesis nº V-TA-2aS-170 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Junio de 2007

Número de resoluciónV-TA-2aS-170
Fecha de publicación01 Junio 2007
Fecha01 Junio 2007
Número de registro42001
MateriaLEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año VII. No. 78. Junio 2007. p. 456;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El segundo párrafo del artículo 50 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, establece que, cuando se hagan valer diversas causales de ilegalidad, la sentencia de la Sala deberá examinar primero aquéllos que puedan llevar a declarar la nulidad lisa y llana. Por tanto, si se declara fundado el concepto de impugnación en el que el particular hizo valer la indebida fundamentación de la competencia material y territorial de la autoridad que dentro del procedimiento administrativo en materia aduanera llevó a cabo el levantamiento del acta de muestreo de mercancías de difícil identificación, al advertir que el precepto legal en que se sustentó tal facultad es una norma compleja y que por tal razón se debió transcribir el mismo, a fin de no lesionar el interés jurídico del...

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