Tesis nº V-P-SS-741 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2005

Número de resoluciónV-P-SS-741
Fecha de publicación01 Octubre 2005
Fecha01 Octubre 2005
Número de registro40318
MateriaREGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año V. No. 58. Octubre 2005. p. 316
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Conforme al artículo 4° de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, se establece por el Legislativo Federal que el domicilio del Servicio de Administración Tributaria será la Ciudad de México donde se ubicarán sus oficinas centrales. Por su parte, en el artículo primero del Acuerdo por el que se señala el nombre, sede y circunscripción territorial de las unidades administrativas del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de agosto de 2000, se establece por la Junta de Gobierno del Servicio de Administración Tributaria, que la Administración General de Grandes Contribuyentes, tendrá su sede en la Ciudad de México, Distrito Federal y ejercerá sus facultades en todo el territorio nacional. En consecuencia, la Administración General...

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