Tesis nº VII-TASR-2GO-73 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2013

JuezSegunda Sala Regional del Golfo (Jalapa, Ver.)
MateriaLEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA,Derecho Fiscal
Fecha01 Febrero 2013
Fecha de publicación01 Febrero 2013
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 19. Febrero 2013. p. 559
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVII-TASR-2GO-73

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

VII-TASR-2GO-73

DIVIDENDOS O UTILIDADES. ES OBLIGACIN A CARGO DE LAS PERSONAS FÍSICAS Y NO DE LAS PERSONAS MORALES ACUMULAR LOS INGRESOS PERCIBIDOS CON ESA CALIDAD, AUN CUANDO SEAN PRESUNTOS, CONFORME AL ARTÍCULO 165, FRACCIÓN V, DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, ASÍ COMO EL CÁLCULO DE DICHO IMPUESTO.-

En términos del artículo 5 del Código Fiscal de la Federación, son de aplicación estricta, entre otras, las normas que establezcan cargas a los particulares; así el artículo 165, fracción V, de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece una presunción de acumulación de ingresos respecto de los dividendos o utilidades que las personas físicas deben acumular a sus demás ingresos, no así las personas morales, por lo que es incorrecto que con base en este dispositivo, la autoridad hacendaria determine a cargo de la persona moral una presunta distribución de dividendos o utilidades a favor de los socios o accionistas que la integran, así como también es infundado que le determine la correlativa omisión del impuesto sobre la renta por concepto de ingresos por dividendos, porque tal presunción opera respecto de los dividendos o utilidades que la persona física debe acumular a sus demás ingresos, no así las personas morales, además de que las disposiciones que regulan los ingresos de las personas morales (Capítulo I del Título II de la referida ley), no establecen que los aludidos dividendos determinados de manera presunta, en términos del artículo 165 del...

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