Tesis nº VI-TASR-EPI-276 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 2010

Número de resoluciónVI-TASR-EPI-276
Fecha de publicación01 Marzo 2010
Fecha01 Marzo 2010
Número de registro52605
MateriaLEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año III. No. 27. Marzo 2010. p. 397;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Si bien es cierto que a través de distintos criterios jurisprudenciales se había sustentado que el Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales, S.D., C. departamentales y otros subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1999, carecía de validez legal, por virtud de que no cumplía con el requisito establecido en el numeral 7 bis 2 de la Ley de la Propiedad Industrial, al no haber sido aprobado por la Junta de Gobierno del citado Instituto; lo cierto es que tal cuestión se subsanó a partir de la reforma y nota aclaratoria publicadas en el Diario Oficial de la Federación, los días 29 de julio y 4 de agosto de 2004, en las que se reformó el artículo 1º del citado Acuerdo, para incluir el acuerdo 35/99/3a. tomado por la Junta de Gobierno del Instituto el 3 de septiembre de 1999, en donde se aprueba la delegación de funciones ahí contenida. De tal suerte que, atendiendo a los principios de legalidad y certeza jurídica, si la actuación que se debate fue emitida con posterioridad a la entrada en...

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