La psicología policial como herramienta para el primer respondiente
Autor | Yolanda Martínez Martínez |
Cargo | Coordinadora Académica del Diplomado en Seguridad Pública, UNAM, FES Acatlán |
Páginas | 183-192 |
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La psicología policial como herramienta
para el primer respondiente
Yolanda Martínez Martínez*
Sumario I. Introducción II. La actuación policial del primer respondiente en la atención a
las víctimas III. La Psicología Policial del Primer Respondiente IV. Aportaciones de la psico-
logía policial a la formación del primer respondiente V. Conclusión
I. Introducción
A partir del 2008 se han dado cambios importantes en las funciones que ejercen los
agentes de seguridad pública en el sistema de justicia penal adversarial. Especial-
mente en lo que respecta a la víctima del delito para garantizar no solo los derechos
de los indiciados, también el de las víctimas u ofendidos.1 Para ello, la actuación
policial se sujeta a diversos principios constitucionales, adjetivos y sustantivos, pe-
nales y administrativos en el sentido de respetar los derechos humanos de los ciuda-
danos, víctimas de los delitos.
En el 2011, se realiza una importante reforma el artículo 1°, en su párrafo
Tercero, señala: “Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen
la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de
conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y
progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y
reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley”.
En concordancia con el artículo 21 Constitucional, establece que la actuación
de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad,
* Coordinadora Académica del Diplomado en Seguridad Pública, UNAM, FES Acatlán. Docente
en Línea de la Licenciatura en Seguridad Pública, UNAD México. Profesora de la Licenciatura en
Derecho UAEM, UAP Chimalhuacán.
1 Especialmente en los artículos 16, 19, 20 apartado C y 73 protección a las víctimas del delito.
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