Prueba fraude auditoría

AutorDavid Vicenteño

Desvío de fondos públicos, manejo de doble contabilidad y el ingreso de las indemnizaciones provenientes de un seguro de vida a un fideicomiso de comandantes fueron algunas irregularidades detectadas por un despacho externo durante una auditoría en la Policía Auxiliar del DF, durante el ejercicio de 1998.

En sus conclusiones, el despacho contratado por la Secretaría de Seguridad Pública, explicó que muchos rubros en la contabilidad de la PA no se pudieron revisar porque los comandantes no proporcionaron la documentación necesaria.

Luego de una licitación pública convocada por la SSP, el despacho Barragán, Castro, y Romo, SC se hizo responsable de los trabajos de la auditoría, que concluyeron con una denuncia penal en noviembre de 1999, ante la Procuraduría de Justicia del DF.

Marco Legal

La auditoría realizada en año pasado por el despacho Barragán, Castro y Romo presentó cuatro puntos principales en su desarrollo: los antecedentes y organización de la PA, ubicación de la corporación dentro del marco legal vigente, evaluación de las disposiciones legales para corroborar sus características jurídicas, y conclusiones.

Para estos trabajos, el despacho auditor revisó, entre otras, las siguientes leyes: la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del DF, la Ley de Seguridad Pública, y el Reglamento de la Policía Preventiva del DF.

Su conclusión: La Policía Auxiliar del DF es una corporación integrante de la Secretaría de Seguridad Pública y desempeña sus trabajos bajo el mando de ésta, por lo que "deja sujeta a todas las normas aplicables a las unidades administrativas del Gobierno del Distrito Federal".

Como muestra se presenta un contrato de trabajo por parte de un policía auxiliar, en el que se demuestra que el policía es contratado en la corporación por el Gobierno de DF, mediante la Secretaría de Seguridad Pública, cuyos escudos aparecen en la esquina superior izquierda del documento que firma el interesado.

Por otra parte, el nombramiento del director de la PA es autorizado por el Jefe de Gobierno capitalino y por el Secretario de Seguridad Pública; mientras que los comandantes también son nombrados por el Gobierno del DF.

En todos los oficios de nombramientos aparecen los sellos y logotipos de las dependencias involucradas, lo que permitió a los auditores concluir que la PA depende de la SSP y del Gobierno capitalino, en última instancia.

Irregularidades

Sin embargo, desde el punto de vista de la...

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