Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-002-SEDATU- 2020, Equipamiento en los instrumentos que conforman el Sistema General de Planeación Territorial. Clasificación, terminología y aplicación.

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EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEDATU.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Dirección General de Ordenamiento Territorial. PROY-NOM-002-SEDATU-2020, EQUIPAMIENTO EN LOS INSTRUMENTOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA GENERAL DE PLANEACIÓN TERRITORIAL. CLASIFICACIÓN, TERMINOLOGÍA Y APLICACIÓN

VÍCTOR HUGO HOFMANN AGUIRRE, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con fundamento en los artículos 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 8 fracción XX y 9 fracción III de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; 1, 38, fracción II, 40, 47 fracción I, y 73 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; Artículo 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1, 2 apartado A, fracción III inciso c), 21 fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, y

El Comité Consultivo Nacional de Normalización de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (CCNNOTDU) presenta el siguiente proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-002-SEDATU-2020, EQUIPAMIENTO EN LOS INSTRUMENTOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA GENERAL DE PLANEACIÓN TERRITORIAL. CLASIFICACIÓN, TERMINOLOGÍA Y APLICACIÓN, a efecto de consulta pública y para que dentro de los siguientes 60 días naturales los interesados presenten sus comentarios en idioma español ante el CCNNOTDU, ubicado en Nuevo León 210, Colonia Hipódromo Condesa, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06600, Ciudad de México, Teléfono 5568209700 extensión 51557 o bien al correo electrónico dgdusv@sedatu.gob.mx, para que en los términos del artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización se consideren en el seno del Comité que lo propuso.

FUNDAMENTACIÓN

De conformidad con lo establecido en el artículo 38, fracción II, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1o. de julio de 1992, que señala que corresponde a las dependencias según su ámbito de competencia, expedir Normas Oficiales Mexicanas en las materias relacionadas con sus atribuciones y determinar su fecha de entrada en vigor.

El proyecto de Norma Oficial Mexicana se elabora en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 9, fracción III de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2016, que señala que corresponde a la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano expedir normas oficiales mexicanas con el propósito de homologar la terminología para la jerarquización de espacios públicos y equipamientos en los planes o programas de Desarrollo Urbano.

Asimismo, mediante reunión del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, celebrada el 17 de diciembre de 2020, el presente proyecto de Norma Oficial Mexicana fue aprobado, cualquier comentario respecto al presente deberá ser presentado ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano en su coordinación responsable, es decir, la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda, al siguiente correo electrónico dgdusv@sedatu.gob.mx.

Por otro lado, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Manifestación de Impacto Regulatorio relacionada con el proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-002-SEDATU-2020, EQUIPAMIENTO EN LOS INSTRUMENTOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA GENERAL DE PLANEACIÓN TERRITORIAL. CLASIFICACIÓN, TERMINOLOGÍA Y APLICACIÓN, estará a disposición del público para su consulta en el correo electrónico señalado en el párrafo anterior.

En virtud de lo anterior, se expide para consulta pública el siguiente:

"PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-002-SEDATU-2020, EQUIPAMIENTO EN

LOS INSTRUMENTOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA GENERAL DE PLANEACIÓN TERRITORIAL. CLASIFICACIÓN, TERMINOLOGÍA Y APLICACIÓN"

PREFACIO

La elaboración del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana es competencia del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (CCNNOTDU), de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

Para elaborar la presente Norma Oficial Mexicana, participaron:

Coordinación y desarrollo:

Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU)

- Dirección General de Desarrollo Urbano Suelo y Vivienda (DGDUSyV)

Banco Interamericano de Desarrollo (BID)

- Mtro. Salvador Gómez Rocha.- Consultor

Miembros del grupo de trabajo:

  1. Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal

    Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU).

    - Coordinación General de Desarrollo Metropolitano y Movilidad.

    - Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda

    - Unidad de Asuntos Jurídicos

    Secretaría de Comunicaciones y Transportes

    - Aeropuertos y Servicios Auxiliares

    - Dirección General de Puertos

    - Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal

    - Agencia Reguladora de Transporte Ferroviario

    Secretaría de Cultura

    - Coordinación del Apoyo a la Infraestructura Cultural de los Estados (PAICE)

    Secretaría de Economía

    - Dirección General de Normas

    Secretaría de Educación Pública

    - Instituto Nacional de la Infraestructura Educativa (INIFED) en el área de Gerencia de Proyectos.

    Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

    - Dirección de Fomento Urbano

    Secretaría de Salud

    - Dirección General de Planeación y Desarrollo de Salud

    Secretaría de Turismo

    - Dirección General de Planeación Fondo Nacional del Fomento al Turismo

    Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

    - Dirección General de Comunicación, Servicio Público de Información y Relaciones Institucionales

  2. Instituciones de Investigación Científica y Profesionales

    Universidad Nacional Autónoma de México

    - Programa de Posgrado en Urbanismo

    Colegio de Arquitectos de México

    - Presidencia

    El Colegio de Urbanistas de México

    - Presidencia

    Asociación Mexicana de Urbanistas A.C.

    - Presidencia

    Federación de Colegios de Arquitectos de la República Mexicana A.C.

    - Presidencia

  3. Asociaciones del ámbito del Desarrollo Urbano y de la Construcción

    Asociación Mexicana de Institutos Municipales de Planeación

    - Presidencia

    Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción

    - Presidencia

    Cámara Nacional de la Industria de Desarrollo y Promoción de Vivienda

    - Presidencia

    Red de Secretarios de Desarrollo Urbano en México

    - Presidencia

  4. Instituciones Internacionales

    Organización de las Naciones Unidas, Coordinación de ONU-HABITAT para México y Cuba

    Consultas externas:

    Secretaría de Salud

    - Sistema Nacional del Desarrollo Integral de la Familia

  5. Otras Unidades Responsables

    Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU)

    - Dirección General de Ordenamiento Territorial

    - Unidad de Proyectos Estratégicos para el Desarrollo Urbano

  6. Introducción

    La Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU), ha iniciado una serie de acciones para fortalecer la planeación territorial y urbana de los distintos órdenes de gobierno y contar con herramientas sólidas, coherentes y actualizadas.

    De esta forma y en función de sus atribuciones, esta dependencia del Gobierno Federal se ha planteado, entre otros, el objetivo de emitir una serie de normas oficiales mexicanas en distintos ámbitos de su competencia para complementar lo señalado en el párrafo anterior.

    Estas normas oficiales mexicanas tienen la ventaja de que, además de abordar distintas problemáticas, se complementan entre sí.

    En este sentido, vale la pena aclarar que, si bien los espacios públicos normalmente se consideran como parte del subsistema de recreación, para este caso la SEDATU se dio a la tarea de emitir la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDATU-2020, Espacios Públicos en los Asentamientos Humanos. Clasificación, caracterización y aplicación.

    Asimismo, después de una minuciosa revisión de los instrumentos que conforman el Sistema General de Planeación Territorial la SEDATU identificó, adicionalmente a problemas graves de actualización, metodologías empleadas, cobertura, etc., que la terminología empleada para identificar el equipamiento variaba considerablemente entre instrumentos y entidades federativas.

    Adicionalmente, en las últimas décadas la participación de la iniciativa privada en el conjunto de los equipamientos se ha incrementado de manera muy importante, por lo que ignorarlo generaría inconsistencias y vacíos en un sistema que es fundamental para la planeación territorial y urbana, ya que si bien existen diferencias entre ambos sectores, sobre todo en la lógica financiera, la similitud entre los servicios prestados es notable e inclusive en muchos casos están regulados por la misma legislación.

    Es así como en esta Norma Oficial Mexicana, se aborda exclusivamente la terminología y clasificación de los elementos del equipamiento para que exista un principio de coherencia en los instrumentos que conforman el Sistema General de Planeación Territorial, lo cual se refuerza con lo mencionado en el artículo 9 fracción III de la Ley General de Los Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU).

    Es fundamental comentar que, por lo que respecta a la dosificación, localización, dimensiones y cobertura, la propia SEDATU expedirá unos lineamientos tal y como se señala en el artículo 8 fracción IV de...

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