Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-002-ARTF-2018, Sistema Ferroviario-Seguridad- Inspección del equipo tractivo.

Fecha de disposición25 Octubre 2018
Fecha de publicación25 Octubre 2018
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.- Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario.- Dirección General de Regulación Ferroviaria. PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-002-ARTF-2018, "SISTEMA FERROVIARIO- SEGURIDAD-INSPECCIÓN DEL EQUIPO TRACTIVO".

BENJAMÍN ALEMÁN CASTILLA, Titular de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Ferroviario (CCNN-TF), con fundamento en los artículos 36 fracciones I, VII, y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38 fracción II, 40 fracción II y XVI; 41, 43, 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2 fracción V, 6 Bis fracciones I y 28 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; 2 fracciones X, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 84, 85 y 222, 223 del Reglamento del Servicio Ferroviario; 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y Segundo del Decreto por el que se crea la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, expide para consulta pública el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-002-ARTF-2018 "Sistema Ferroviario-Seguridad-Inspección del equipo tractivo", a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales, contados a partir del día natural inmediato siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, los interesados presenten sus comentarios ante el CCNN-TF, ubicado en Calle Nueva York 115, Primer Piso, Col. Nápoles, C.P. 03818, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México, teléfono 57 23 93 00, Ext. 73436 y 73441, o bien a los correos electrónicos: karla.fernandez@sct.gob.mx y samuel.fuentes@sct.gob.mx, para que en los términos de la Ley de la materia se consideren en el seno del Comité que lo propuso. SINEC-20180829115759700.

Ciudad de México, a 18 de septiembre de 2018.- El Titular de la Agencia Reguladora de Transporte Ferroviario y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Ferroviario, Benjamín Alemán Castilla.- Rúbrica.

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-002-ARTF-2018 SISTEMA FERROVIARIO- SEGURIDAD-INSPECCIÓN DEL EQUIPO TRACTIVO

Prefacio

El equipo tractivo es un elemento fundamental del ferrocarril en conjunto con las unidades de arrastre. Las características operativas y estructurales de las locomotoras están estrechamente relacionadas con la seguridad del servicio ferroviario. Buscando así, incrementar la seguridad, eficiencia, funcionalidad y disponibilidad del equipo tractivo, a fin de que las empresas ferroviarias mejoren el servicio a usuarios.

Cuando el presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana sea publicado como norma definitiva y entre en vigor, cancelará a la Norma Oficial Mexicana NOM-064-SCT2-2001, Reglas de seguridad e inspecciones periódicas a los diversos sistemas que constituyen el equipo tractivo ferroviario diésel-eléctrico, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2002.

La elaboración del presente Proyecto Norma Oficial Mexicana es competencia del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Ferroviario (CCNN-TF) integrado por:

· Asociación Mexicana de Agente de Carga

· Asociación Mexicana de Distribución de Gas Licuado y Empresas Conexas, A.C.

· Asociación Mexicana de Ferrocarriles

· Asociación Mexicana de Gas Natural

· Asociación Mexicana de la Industria Automotriz

· Asociación Mexicana del Transporte Intermodal

· Asociación Nacional de la Industria Química

· Asociación Nacional de Transporte Privado

· Centro Nacional de Prevención de Desastres

· Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios

· Comisión Reguladora de Energía

· Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos

· Coordinación General de Centros SCT

· Dirección General de Autotransporte Federal

· Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal

· Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte

· Dirección General de Servicios Técnicos

· Instituto Mexicano del Transporte

· Policía Federal

· Procuraría Federal del Consumidor

· Secretaría de Economía

· Secretaría de Energía

· Secretaría de la Defensa Nacional

· Secretaría del Trabajo y Previsión Social

· Servicio Administración Tributaria

· Universidad Tecnológica de San Juan del Río

Con objeto de elaborar la propuesta de modificación para la NOM-064-SCT2-2001, se constituyó un Grupo de Trabajo con la participación voluntaria de los siguientes actores:

· Administradora de la vía corta TijuanaTecate.

· Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V.

· Ferrocarril Mexicano, S.A. de C.V.

· Ferrocarril y Terminal del Valle de México, S.A. de C.V.

· Ferrosur, S.A. de C.V.

· Kansas City Southern de México, S.A. de C.V.

· Línea Coahuila Durango, S.A. de C.V.

· Secretaría de Comunicaciones y Transportes

o Dirección General de Servicios Técnicos.

Índice del contenido

  1. Introducción

  2. Objetivo y campo de aplicación

  3. Referencias Normativas

3 Definiciones y abreviaturas

4 Disposiciones, parámetros de seguridad y registros

4.1 Requerimientos generales

4.2 Identificación y estencilado

4.3 Aditamentos y equipos de seguridad

4.4 Sistema de combustión interna.

4.5 Sistema eléctrico.

4.6 Acopladores, aparejos de tiro tracción y accesorios

4.7 Trucks (Bogies).

4.8 Mancuernas

4.9 Sistemas de frenos de aire y freno de mano

4.10 Cabina del maquinista y equipo de control

4.11 Inspección y registros de inspección.

4.12 Materiales y refacciones

5 Evaluación de la conformidad

6 Vigilancia

7 Concordancia con normas internacionales

8 Bibliografía

TRANSITORIOS
  1. Introducción

    Las actividades y trabajos contenidos en el presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, son en su mayoría, recomendaciones que están contenidas en los respectivos manuales de mantenimiento, a fin de que el prestador del servicio obtenga resultados satisfactorios en la operación comercial de las unidades tractivas.

    Las inspecciones a los diversos sistemas y equipos que integran a una locomotora, los que están relacionados directamente con la seguridad en la operación ferroviaria, los trabajos de inspección y, la reparación de éstos, están considerados como de carácter obligatorio. Mientras que aquellas realizadas a los sistemas y equipos que no están relacionados directamente con la seguridad operativa, pero que tienen repercusión en la eficiencia, funcionalidad y disponibilidad de las unidades tractivas, presentan el carácter de recomendaciones. En ambos casos, se fortalece la seguridad operativa y por lo tanto se eleva la eficiencia de los servicios ferroviarios.

  2. Objetivo y campo de aplicación

    1.1 Objetivo

    El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana establece los parámetros de seguridad que debe cumplir el equipo tractivo ferroviario, con el propósito de garantizar y preservar los factores de la seguridad operativa para el servicio comercial ferroviario.

    1.2 Campo de aplicación

    El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana es aplicable, dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos y su cumplimiento deberá ser satisfecho por los concesionarios, asignatarios y permisionarios que presten el servicio público de transporte ferroviario.

  3. Referencias Normativas

    Los siguientes documentos vigentes o los que los sustituyan, son indispensables para la aplicación de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana:

    2.1 Norma Oficial Mexicana NOM-044/1-SCT2-1997, Instrucciones para la ejecución de inspecciones y reparaciones programables de conservación del equipo tractivo ferroviario. Parte 1.- Inspección diaria o de viaje. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio de 1998.

    2.2 Norma Oficial Mexicana NOM-044/2-SCT2-1995, Instrucciones para la ejecución de inspecciones y reparaciones programables de conservación del equipo tractivo ferroviario. Parte 2.- Inspección trimestral o de 48,000 km, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo de 1997.

    2.3 Norma Oficial Mexicana NOM-008-SCFI-2002, Sistema General de Unidades de Medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de noviembre de 2002.

  4. Definiciones y abreviaturas

    Para los propósitos del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, se aplican los términos, definiciones y abreviaturas siguientes:

    3.1 alertador

    Dispositivo electrónico de seguridad instalado en algunas locomotoras, interconectado al sistema de frenos de aire; si el maquinista no mantiene contacto con alguno de los controles del pedestal durante la operación, emite señales audibles y visuales y de persistir la causa, provoca una aplicación plena de servicio.

    3.2 alta tensión

    Potencial eléctrico mayor de 150 voltios tanto en corriente directa como alterna.

    3.3 aparejo de tracción

    Mecanismo por medio del cual se amortiguan los impactos ocasionados por el acoplamiento de unidades y el movimiento del tren.

    3.4 cabina del operador

    Porción de la superestructura designada para ser ocupada por la tripulación que opera la locomotora.

    3.5 CIL

    Centro de Inspección de Locomotoras.

    3.6 cm

    centímetros

    3.7 depósito principal

    Depósito cilíndrico en el cual se almacena el aire que se utiliza en el sistema de frenos de aire y en la línea del tren.

    3.8 empresa ferroviaria

    Empresa pública o privada concesionaria, asignataria o permisionaria, autorizada para prestar el servicio público de transporte ferroviario o servicios auxiliares.

    3.9 equipo de combustión interna

    Motor de combustión interna en el cual la ignición de combustible se produce por el calor de la compresión, misma que genera...

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