Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-006-STPS-2017, Almacenamiento y manejo de materiales mediante el uso de maquinaria-Condiciones de seguridad en el trabajo.
Fecha de disposición | 26 Diciembre 2017 |
Fecha de publicación | 26 Diciembre 2017 |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
Emisor | SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL |
Sección | TERCERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. GERMÁN MENDOZA RIVERA, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, con fundamento en los artículos 40, fracciones I y XI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3o., fracción XI, 38, fracciones II, III y IV, 40, fracción Vll, 44, primer y tercer párrafos, y 47, fracción l, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2o., 132, fracciones III, XV, XVI, XVII, XVIII y XXIV, 175, 176, 512, 523, fracción I, 524 y 527, último párrafo, de la Ley Federal del Trabajo; 5o., fracción III, 7, fracciones III, VI, VII, X, XI, XII, XIV, XV, XVI, XVII, XX y XXI, 8, fracciones I, III, IV, VI, VII, VIII, X y XI, 10, 17, fracción IV, 21, 61 y 62, del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo; 24, fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y 5 del Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, así como en el Acuerdo por el que se establecen la Organización y Reglas de Operación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 15 de junio de 2015, me permito ordenar la publicación en ese órgano informativo del Gobierno Federal, del Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-006-STPS-2014, Manejo y almacenamiento de materiales-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, para quedar como PROY-NOM-006-STPS-2017, Almacenamiento y manejo de materiales mediante el uso de maquinaria-Condiciones de seguridad en el trabajo, aprobado por dicho Comité en su Segunda Sesión Extraordinaria celebrada el 29 de noviembre de 2017.
El presente Proyecto se emite a efecto de que los interesados, dentro de los 60 días naturales siguientes a la fecha de publicación, presenten comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, en sus oficinas sitas en Av. Paseo de la Reforma No. 93, piso 14, colonia Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06030, teléfono 2100 5100, extensión 64377, o al correo electrónico: dgsst@stps.gob.mx.
Los comentarios que se presenten deberán indicar el numeral y, en su caso, inciso o subinciso al que se refieren, así como la justificación técnica y/o jurídica que fundamente las propuestas.
Ciudad de México, a los treinta días del mes de noviembre de dos mil diecisiete.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, Germán Mendoza Rivera.- Rúbrica.
PREFACIO
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en ejercicio de sus atribuciones de normalización, elaboró el Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-006-STPS-2014, Manejo y almacenamiento de materiales-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, para quedar como PROY-NOM-006-STPS-2017, Almacenamiento y manejo de materiales mediante el uso de maquinaria-Condiciones de seguridad en el trabajo, por medio del que se actualizan, complementan, reordenan y se da mayor claridad a sus disposiciones.
El objetivo del Proyecto es establecer las condiciones de seguridad y salud en el trabajo que se deberán cumplir en los centros de trabajo para evitar riesgos a los trabajadores y daños a las instalaciones por las actividades de almacenamiento de materiales, así como por su manejo mediante el uso de maquinaria.
En el Proyecto se ajustan las definiciones aplicables a los términos utilizados en el cuerpo del mismo.
De igual manera, se reordenan y complementan las obligaciones tanto del patrón como de los trabajadores.
También, se precisan las medidas de seguridad, generales y específicas, por tipo de maquinaria utilizada en el manejo de materiales: polipastos y malacates; eslingas; grúas; montacargas; electroimanes; cargadores frontales; transportadores, y otra maquinaria similar.
Son señaladas de forma diferenciada las medidas de seguridad que corresponden a la instalación, operación, al igual que a la revisión y mantenimiento de los equipos citados.
Además, en el Proyecto se incluye una Guía de Referencia, no obligatoria, con el contenido general que debiera considerarse en la capacitación de los operadores de grúas, para orientación de los centros de trabajo que requieren implementar un programa de entrenamiento al respecto.
Por último, se incorpora el procedimiento para evaluar la conformidad con la Norma, lo que dará certeza jurídica a los sujetos obligados ante las actuaciones de la propia autoridad laboral y de las unidades de verificación, acreditadas y aprobadas, conforme a lo que dispone la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-006-STPS-2017, ALMACENAMIENTO Y MANEJO DE MATERIALES MEDIANTE EL USO DE MAQUINARIACONDICIONES DE SEGURIDAD EN
EL TRABAJO
ÍNDICE
1. | Objetivo
|
| |
2. | Campo de aplicación
|
| |
3. | Referencias
|
| |
4. | Definiciones
|
| |
5. | Obligaciones del patrón
|
| |
6. | Obligaciones de los trabajadores
|
| |
7. | Procedimientos de seguridad para la instalación, operación, revisión y mantenimiento de la maquinaria utilizada en el manejo de materiales
|
| |
8. | Medidas de seguridad para el manejo de materiales por medio del uso de maquinaria
|
| |
9. | Almacenamiento de materiales
|
| |
10. | Capacitación
|
| |
11. | Unidades de verificación
|
| |
12. | Procedimiento para la evaluación de la conformidad
|
| |
13. | Vigilancia
|
| |
14. | Bibliografía
|
| |
15. | Concordancia con normas internacionales
|
| |
| TRANSITORIOS
|
| |
| Guía de Referencia I
Aspectos generales a considerar en la capacitación para la operación de grúas
|
-
Objetivo
Establecer las condiciones de seguridad y salud en el trabajo que se deberán cumplir en los centros de trabajo para evitar riesgos a los trabajadores que realizan actividades de almacenamiento y manejo de materiales mediante el uso de maquinaria.
-
Campo de aplicación
La presente Norma Oficial Mexicana rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo donde se realicen actividades de almacenamiento y manejo de materiales mediante el uso de maquinaria.
-
Referencias
Para la correcta interpretación de esta Norma se deberán consultar las siguientes normas oficiales mexicanas vigentes, o las que las sustituyan:
3.1 NOM-004-STPS-1999, Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo.
3.2 NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo.
3.3 NOM-025-STPS-2008, Condiciones de iluminación en los centros de trabajo.
3.4 NOM-026-STPS-2008, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.
-
Definiciones
Para efectos de la presente Norma, se consideran las definiciones siguientes:
4.1 Almacenamiento: La acción de colocar los materiales o contenedores, de modo ordenado, en elementos estructurales, estantes, plataformas o en una estiba, por medio del uso de maquinaria o de manera manual.
4.2 Anclaje: El lugar físico, en el piso o en alguna estructura, donde se fija el polipasto o malacate.
4.3 Autoridad Laboral: Las unidades administrativas competentes de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que realizan funciones de inspección en materia de seguridad y salud en el trabajo, y las correspondientes de las entidades federativas y del Distrito Federal, que actúen en auxilio de aquéllas.
4.4 Ayudante: El trabajador de apoyo que tiene el operador de una maquinaria empleada para el manejo de materiales, que tiene como función la asistencia que presta a éste, mediante señales u otros medios.
4.5 Bucle: La curva en forma de rizo que presenta un cable metálico por efecto de una torsión.
4.6 Capacidad de carga: El peso en kilogramos o toneladas que una máquina o dispositivo mecánico es capaz de levantar y bajar sin que ninguna de sus partes sufra deterioro, conforme a las especificaciones del fabricante.
4.7 Carga máxima de utilización (CMU): La capacidad de carga especificada por el fabricante que una maquinaria es capaz de soportar, en kilogramos o toneladas.
4.8 Cargadores frontales: La maquinaria motorizada que cuenta con un bote o pala frontal que se emplea para levantar, bajar y/o trasladar cargas.
4.9 Coca: La deformación de un cable metálico producida por efecto de torsión.
4.10 Electroimán: El dispositivo electromagnético montado en una grúa, que consta de una bobina de hilo conductor enrollada alrededor de un núcleo de hierro dulce, y sirve para elevar y descender materiales o contenedores ferrosos. Al hacer pasar una corriente eléctrica por el hilo se genera un campo magnético y el núcleo queda magnetizado, mismo que se desmagnetiza cuando se suspende la corriente.
4.11 Eslinga: La banda, cuerda o cable de material flexible y resistente que asegura la unión entre el gancho de la grúa, polipasto o malacate con la carga a izar.
4.12 Estiba: El apilamiento de materiales o contenedores uno encima de otro de modo ordenado a nivel del piso, o en tarimas, estructuras o plataformas.
4.13 Grúa: La máquina diseñada para elevar, descender y/o mover lateralmente cargas suspendidas, a través de un elemento de sujeción.
4.14 Malacate: El dispositivo de elevación y tracción que, por medio de un mecanismo, ejerce una fuerza con desplazamientos alternativos sobre un cable para jalarlo o retenerlo.
4.15 Manejo de materiales: La acción de levantar...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba