Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-018-STPS-2014, Sistema armonizado para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo
Fecha de Entrada en Vigor | 7 de Noviembre de 2017 |
Emisor | Secretaria del Trabajo y Previsión Social |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. MARCO ANTONIO FLORES CUEVAS, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en los Convenios números 155, Sobre seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente de trabajo y 170, Sobre la seguridad en la utilización de los productos químicos en el trabajo de la Organización Internacional del Trabajo; artículos 132, fracciones XV, XVI, XVIII y XXIV y 512, de la Ley Federal del Trabajo; 1o., 38, fracciones III y IV, 40, fracción Vll, 44, primer y tercer párrafos, 47, fracción l, 51, primer párrafo, 68 y 87, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., 13, 14, 15, 17, fracciones V, VII, VIII, IX y XIV, 59, 62, 63 y 65, del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo; 24, fracción VI, del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y 5o. del Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones; así como en el Acuerdo por el que se establecen la organización y reglas de operación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 17 de abril de 2006, me permito ordenar la publicación en ese órgano informativo del Gobierno Federal, del Proyecto de modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-018-STPS-2000, Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo, para quedar como PROY-NOM-018-STPS-2014, Sistema armonizado para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo, aprobado por dicho Comité el doce de agosto de 2014, en su Séptima Sesión Ordinaria.
El presente Proyecto se emite a efecto de que los interesados, las cámaras y confederaciones de trabajadores y empresariales; las dependencias; las instituciones públicas y educativas, así como el público en general, dentro de los sesenta días naturales siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, presenten comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, en sus oficinas sitas en Av. Paseo de la Reforma No. 93, Piso 14, Col. Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., Teléfono 2100 5100, extensión 4377 o al correo electrónico dgsst@stps.gob.mx
Durante el plazo mencionado en el párrafo anterior, los elementos de la Manifestación de Impacto Regulatorio que sirvieron de base para la elaboración del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, estarán a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité.
México, Distrito Federal, a los nueve días del mes de octubre de dos mil catorce.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, Marco Antonio Flores Cuevas.- Rúbrica.
PREFACIO
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social en ejercicio de sus atribuciones de normalización, elaboró el Proyecto de modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-018-STPS-2000, Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo, para quedar como PROY-NOM-018-STPS-2014, Sistema armonizado para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo.
El objetivo del Proyecto es establecer los requisitos para disponer en los centros de trabajo del sistema armonizado de identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas, a fin de prevenir daños a los trabajadores y al personal que actúa en caso de emergencia.
La modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-018-STPS-2000, armoniza la información relativa a los peligros de las sustancias químicas y mezclas con el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Químicos (GHS por sus siglas en inglés) en cuanto al contenido de las hojas de datos de seguridad y la señalización, elementos que se aplican en el sector laboral.
Esta armonización consiste en denominar de la misma manera en todo el mundo a los peligros de las sustancias químicas peligrosas y mezclas, y comunicarlos de manera gráfica y escrita con un enfoque que refuerce la prevención de los riesgos que éstas generan. Se utilizan como elementos para la comunicación el símbolo de peligro, las palabras de advertencia y las indicaciones de peligro, que permiten alertar al trabajador sobre los peligros y riesgos de las sustancias químicas o mezclas, lo cual sirve, como base para instrumentar en sus actividades las medidas que salvaguarden su salud y vida.
La modificación del Proyecto de Norma está alineada al mandato de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, que dio origen al Sistema Globalmente Armonizado de
Clasificación y Etiquetado de Químicos (GHS), que comprende:
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La definición de los peligros de las sustancias químicas o mezclas;
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La clasificación de las sustancias químicas o mezclas a partir de su peligrosidad;
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La adopción del etiquetado para advertir sobre la peligrosidad de las sustancias o mezclas, y
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La información que deben contener las hojas de datos de seguridad (HDS) para su ciclo de vida: producción, importación, exportación, almacenamiento, transporte, distribución, uso y disposición final.
Asimismo, el Proyecto de modificación a la Norma Oficial Mexicana incorpora disposiciones relacionadas con la capacitación, las unidades de verificación y el procedimiento para la evaluación de la conformidad como elemento de actualización y transparencia.
El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana fue desarrollado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo con fundamento en lo dispuesto por los artículos 43 y 44, primer párrafo, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y participaron representantes de las dependencias, organismos y empresas siguientes: la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de la Dirección General la Seguridad y Salud en el Trabajo; la Secretaría de Salud, por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por medio de la Dirección General de Industria; la Secretaría de Gobernación, a través de la Dirección General de Innovación, Vinculación y Normatividad en Materia de Protección Civil y del Centro Nacional de Prevención de Desastres; la Confederación Regional Obrera Mexicana, CROM; la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos, CONCAMIN; Petróleos Mexicanos; el Instituto Mexicano del Seguro Social; el Instituto Mexicano del Petróleo; la Asociación Mexicana de Higiene Industrial, A.C., AMHI; la Asociación Nacional de la Industria Química, A.C., ANIQ; Asociación Nacional de Fabricantes de Pinturas y Tintas, A.C.; la Asociación Interdisciplinaria de Salud Ocupacional e Higiene de México, A.C.; Análisis Ambiental, S.A. de C.V.; Tecnología en Seguridad Integral, S.A. de C.V., y Bayer de México, S.A. de C.V.
ÍNDICE
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Objetivo
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Campo de aplicación
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Referencias
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Definiciones
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Siglas o abreviaturas
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Obligaciones del patrón
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Obligaciones de los trabajadores
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Sistema armonizado de identificación y comunicación de peligros y riesgos
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Hojas de datos de seguridad, HDS
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Señalización
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Capacitación y adiestramiento
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Unidades de verificación
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Procedimiento para la evaluación de la conformidad
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Vigilancia
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Bibliografía
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Concordancia con normas internacionales
Apéndice A. Elementos de comunicación de peligros físicos y para la salud
Apéndice B. Pictograma de peligros físicos y para la Salud
Apéndice C. Frases H, para los peligros físicos y para la salud
Apéndice D. Consejos de prudencia P, para los peligros físicos y para la salud
Apéndice E. Elaboración de hojas de datos de seguridad (HDS)
Guía I (No Normativa), Símbolos y letras del equipo de protección personal
Guía II (No Normativa), Cuestionario para la entrevista
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Objetivo
Establecer los requisitos para disponer en los centros de trabajo del sistema armonizado de identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas, a fin de prevenir daños a los trabajadores y al personal que actúa en caso de emergencia.
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Campo de aplicación
La presente Norma Oficial Mexicana rige en todo el territorio nacional y aplica a todos los centros de trabajo donde existan sustancias químicas peligrosas.
No aplica a productos terminados tales como: farmacéuticos, aditivos alimenticios, artículos cosméticos, residuos de plaguicidas en los alimentos y residuos peligros.
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Referencias
Para la correcta interpretación de esta Norma, deberán consultarse las siguientes normas oficiales mexicanas y la Norma Mexicana vigentes, o las que las sustituyan:
3.1 NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral-Reconocimiento, evaluación y control.
3.2 NOM-026-STPS-2008, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.
3.3 NMX-R-019-SCFI-2011, Sistema armonizado de clasificación y comunicación de peligros de los productos químicos.
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Definiciones
Para los efectos de la presente Norma se establecen las definiciones siguientes:
4.1 Aspiración: La entrada de una sustancia química peligrosa o mezcla de un líquido o sólido en la tráquea o en las vías respiratorias inferiores directamente por vía oral o nasal, o indirectamente...
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