Proyecto de decreto por el que se reforma el numeral 5 y adiciona un numeral 6 al artículo 300 y se reforma el numeral 3 del artículo 301, ambos del Reglamento del Senado de la República.

Fecha de registro25 Septiembre 2012
EstatusDesechada
Autor de la iniciativaDiva Hadamira Gastélum Bajo (PRI)
Tipo de proyectoModificaciones a leyes existentes
Iniciativas

Propone crear el Instituto de Estudios Legislativos para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Senado de la República, el cual tendrá como objeto la realización de tareas de investigación jurídica y legislativa con perspectiva de género.

El Estatuto de los Servicios Parlamentarios, Administrativos y Técnicos del Senado desarrollará las bases orgánicas de dicho instituto.



Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se crea el Instituto de Estudios Legislativos para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Senado de la República, a cargo de la Senadora Diva Hadamira Gastélum Bajo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

La suscrita DIVA HADAMIRA GASTÉLUM BAJO Senadora de la República de la LXII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo establecido en los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 135 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y los Artículos 8, fracción I, 164 numerales 1 y 2, y 169 del Reglamento del Senado de la Republica, someto a la consideración de este pleno la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma el numeral 5 y adiciona un numeral 6 al artículo 300 y se reforma el numeral 3 del artículo 301, ambos del Reglamento del Senado de la República, por el que se crea el Instituto de Estudios Legislativos para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Senado de la República de conformidad con la siguiente:

Exposición de Motivos:

"…la máxima participación de la mujer, en igualdad de condiciones con el hombre, en todos los campos, es indispensable para el desarrollo pleno y completo de un país, el bienestar del mundo y la causa de la paz."

CEDAW

En los últimos treinta años el Estado mexicano ha ratificado un importante número de tratados internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres.

La Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), compromete a los Estados Parte a adoptar medidas legislativas con las sanciones correspondientes, que prohíban toda discriminación contra la mujer, así como todas las medidas adecuadas, incluso de carácter legislativo, para modificar o derogar leyes, reglamentos, usos y prácticas que constituyan discriminación contra la mujer en todas las esferas, y en particular en las esferas política, social, económica y cultural.

Asimismo en la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, nuestro país se comprometió a establecer mecanismos para la implementación de acciones, planes y programas para avanzar hacia la igualdad entre el hombre y la mujer, pues la misma enuncia:

Reafirmamos nuestro compromiso de:

“Defender los derechos y la dignidad humana intrínseca de las mujeres y los hombres, todos los demás propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales de derechos humanos, en particular, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño, así como la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer y la Declaración sobre el derecho al desarrollo”. [1]

En materia de Violencia contra las Mujeres, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, (Belém do Pará) conmina a los Estados a adoptar políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y a incluir en la legislación interna normas penales, civiles y administrativas, así como las de otra naturaleza que sean necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, entre otros, así como a garantizar el derecho de la mujer a una vida libre de violencia y el derecho a que se respeten y protejan sus derechos humanos.

La normatividad nacional que promueve la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres...

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