Proyecto de decreto que reforma la fracción XI del artículo 57 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y la fracción III del artículo 266 BIS del Código Penal Federal.

Fecha de registro26 Septiembre 2019
EstatusAprobada
Autor de la iniciativaLilia Margarita Valdez Martínez (MORENA)
Gaceta del Senado Jueves 26 de septiembre de 2019 / Gaceta: LXIV/2PPO-18/99217
Iniciativas

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA LA FRACCIÓN XI DEL ARTICULO 57 DE LA LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, ASÍ COMO LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 266 BIS DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL.

La que suscribe, Senadora LILIA MARGARITA VALDEZ MARTÍNEZ de la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, Integrante del Grupo Parlamentario de MORENA, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 164, 169, 172; así como los demás relativos y aplicables del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración de ésta Honorable Asamblea, la siguiente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA LA FRACCIÓN XI DEL ARTICULO 57 DE LA LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, ASÍ COMO LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 266 BIS DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Cada año, más de 4 millones y medio de niñas y niños son víctimas de abuso sexual en México, lo cual hace que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) lo coloque en el primer lugar mundial en este delito.

De acuerdo con el Colectivo contra el Maltrato y Abuso Sexual Infantil, esta cifra es poco realista porque sólo es denunciado uno de cada 100 casos de abuso sexual infantil: “Estas cifras hablan del grave problema que estamos viviendo a escala nacional.

El abuso sexual hacía niñas, niños y adolescentes se efectúa cuando una persona de la misma o mayor edad, los obliga a tener contacto sexual a través de caricias, besos, tocamientos; ver y escuchar pornografía o exhibir los genitales y/o cualquier comportamiento de tipo sexual.

Es un delito con incidencia principalmente en los espacios escolares de educación básica, así los profesores en los centros de educación o escuelas incurren en conductas que violentan sus cuerpos y su estabilidad emocional desde una posición de autoridad. Es un problema que hemos enfrentado por décadas, pero podría ser evitado sí las instituciones de educación son más selectivas al elegir a los candidatos para ocupar algún tipo de empleo, desde el conserje hasta los directores. Hoy es responsabilidad directa de las escuelas contratar a educadores o a cualquier otro tipo de personal conociendo de antemano su perfil psicológico.

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI)a través de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Transparencia, informó que entre enero de 2012 y el 15 de agosto de 2018 fueron presentadas un total de 637 denuncias por abuso sexual en las escuelas de la CDMX.

La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), en el Artículo 19 define la violencia como "toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual".

El Informe mundial sobre Violencia y la Salud (OMS, 2002) establece que la violencia es "el uso intencional de la fuerza o el poder físico de hecho, o como amenaza, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o exista probabilidad de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones".

Asimismo, en el Informe Mundial sobre la Violencia contra los niños y niñas el término violencia incluye cualquier tipo de daño físico, psicológico y/o intencional, por lo que debe de ser condenado de la misma forma para que no sea minimizado su impacto.

Para dar pauta de la gravedad de las decenas de casos que existen en el país, en muchos de los cuales la sanción consiste en cambiar de adscripción, al maestro intendente o administrativo que lo cometió, me refiero a lo ocurrido en el jardín de niños Marcelino Champagnat de la alcaldía Gustavo A. Madero de la ciudad de México, donde un hombre que trabajaba como administrativo abuso durante dos años de 37 menores.

Otro es el caso de una menor de 9 años de edad, quien fue víctima de abuso sexual por parte de su maestro Gerardo “N”. Los hechos ocurrieron en varias ocasiones en el salón de clases de la escuela primaria “Agustín Castro” ubicada en el municipio de Gómez...

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