Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 950 de la Ley Federal del Trabajo., de 16 de Mayo de 2018

 Iniciativas de Ciudadanos LegisladoresDe la Sen. Yolanda de la Torre Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 950 de la Ley Federal del Trabajo.SE TURNó A LAS COMISIONES UNIDAS DE TRABAJO Y PREVISIóN SOCIAL Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, PRIMERA DE LA CáMARA DE SENADORES.Ver Sinopsis Español:Propone adicionar al artículo 950 la frase “laudo favorable” lo anterior para cubrir un vacío legal, en palabras de la autora.

Sen. Yolanda
de la Torre Valdez
La suscrita,YOLANDA DE LA TORRE VALDEZ, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, Senadora de la República de la LXIII Legislatura,con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 8 numeral 1 fracción 1, 164 numeral 1, del Reglamento del Senado de la Republica, someto a consideración de esta honorable soberanía, la presenteINICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR LA QUE SE REFORMAEL ARTÍCULO 950 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, EN MATERIA DE LAUDO FAVORABLE,  al tenor de la siguiente:EXPOSICIÓN DE MOTIVOSLas normas del trabajo tienden a conseguir el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social, así como propiciar el trabajo digno o decente en todas las relaciones laborales.Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo.El trabajo digno o decente también incluye el respeto irrestricto a los derechos colectivos de los trabajadores, tales como la libertad de asociación, autonomía, el derecho de huelga y de contratación colectiva.Se tutela la igualdad sustantiva o de hecho de trabajadores y trabajadoras frente al patrón.La igualdad sustantiva es la que se logra eliminando la discriminación contra las mujeres que menoscaba o anula el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos humanos y las libertades fundamentales en el...

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