Proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor., de 29 de Marzo de 2016

Iniciativas

Del Sen. Óscar Román Rosas González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor.

SE TURNÓ A LAS COMISIONES UNIDAS DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS.

Ver Sinopsis Español:

Propone adicionar el artículo 19 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor para que la Secretaría de Economía, en apego a sus facultades, expida criterios sobre tamaño, color y área de las fechas de caducidad y consumo preferente que deben de llevar los alimentos envasados.

Se adiciona la fracción XIV ter del artículo 24 de la misma Ley, para que la Profeco vigile y verifique el cumplimiento de las disposiciones en materia de tamaño, color y área en la que deben ser plasmadas la fechas de consumo preferente y caducidad de los alimentos envasados.

Finalmente, se adiciona la fracción VI, recorriéndose las subsecuentes del artículo 128 Ter para establecer como caso particularmente grave las infracciones sobre tamaño, color y área de las fechas de caducidad y consumo preferente plasmadas en las etiquetas de los alimentos preenvasados.

Synopsis in English:

Proposes to add Article 19 Bis to the Federal Consumer Protection for the Secretariat of Economy, in compliance with its powers, issued criteria for size, color and area expiration dates and preferential consumption must carry packaged foods.

The fraction XIV ter, Article 24 of the law is added to the PROFECO monitor and verify compliance with the rules on size, color and area that should be reflected the date of minimum durability and shelf life of food packaged.

Finally, fraction VI is added, taken across the subsequent Article 128 Ter to establish as particularly serious case infringements on size, color and area expiration dates and preferred consumption reflected on the labels of pre-packaged foods.

Sen. Óscar Román
Rosas González

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR EN MATERIA DE ETIQUETADO DE ALIMENTOS PREENVASADOS.

El que suscribe, SenadorOscar Román Rosas González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, a la LXIII Legislatura de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como el 8º, numeral 1, fracción 1; 164, numeral 1; 169 y 172 del Reglamento del Senado de la República, someto al Pleno del Senado de la República la presente iniciativa con proyecto de decreto por el quese adicionan el Artículo 19 Bis, la fracción XIV Ter y la fracción VI, recorriéndose las subsecuentes del Artículo 128 Ter, de la Ley Federal de Protección al Consumidor, al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El consumo de alimentos preenvasados bajo estándares de calidad, sanidad e inocuidad son un elemento esencial de la regulación en materia de venta de alimentos. Los Estados nacionales preocupados por los alimentos que consumen los ciudadanos han implementado una serie de normas estandarizadas y aceptadas a nivel internacional para regular y vigilar que la venta de alimentos se ajuste a prácticas leales de comercio alimentario.

México, al igual que 187 naciones más y la Comunidad Europea, forma parte de la Comisión Codex Alimentarius, auspiciada por la Organización Mundial de Salud (OMS) y la Organización de las naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) a través del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, cuyo primer periodo de sesiones se celebró en la ciudad de Roma Italia en 1963.

El Codex Alimentariuso código de alimentos es un compendio de normas alimentarias aceptadas internacionalmente y presentadas de modo uniforme. El código alimentario dio un giro importante en cuanto a sus objetivos, debido a la Resolución 39/248 de 1985 de las Naciones Unidas, en la cual se adoptaron directrices para elaborar y reforzar las políticas de protección del consumidor.

Así, la protección de la salud de los consumidores se convirtió en uno de los objetivos rectores del Codex Alimentarius. Se recomienda a los gobiernos la formulación de políticas y planes relativos a la seguridad alimentaria de los consumidores y, en esa medida, puedan adoptar las normas establecidas en el Codex, como son procesos de elaboración,calidad nutricional, materia prima, etiquetado del contenido y propiedades de los alimentos, fecha de caducidad, fecha de elaboración, contraindicaciones, entre otras.

Sobre el etiquetado de alimentospreenvasados que se ofrecen al consumidor en los supermercados o en comercios dedicados a la preparación y venta de alimentos, el Estado mexicano como miembro de la FAO Y OMS, además de pertenecer al Comité del Codex, ha aceptado la aplicación de la Norma General del Codex para el Etiquetado de los Alimentos Preeenvasados (Norma Codex).

La Norma Codex plantea el etiquetado obligatorio de los alimentos, en cuya etiqueta deberán aparecer criterios mínimos de información para el consumidor. El nombre del alimento, lista de ingredientes, coadyuvantes o aditivos complementarios, contenido neto y peso ocurrido, país de origen, lote de identificación, instrucciones de conservación, fecha máxima de consumo, contraindicaciones, formas de consumo e idioma aceptado por el consumidor.

Uno de los criterios que ha tenido mayor impacto en beneficio del consumidor, es la fecha de caducidad que llevan impresa las etiquetas o en alguna parte del envase o embalaje de los alimentos que se ofertan en el mercado. La Norma Codex establece dos definiciones para diferenciar con claridad la fecha mínima...

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