Con proyecto de decreto por el que se adiciona un numeral 5 al artículo 20 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), para resolver el caso no previsto de vacantes de senador propietario y suplente, electos por el principio de primera minoría., de 6 de Junio de 2001

CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN NUMERAL 5 AL ARTICULO 20 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES (COFIPE), PARA RESOLVER EL CASO NO PREVISTO DE VACANTES DE SENADOR PROPIETARIO Y SUPLENTE, ELECTOS POR EL PRINCIPIO DE PRIMERA MINORIA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO J. ALVARO VALLARTA CECEÑA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 6 DE JUNIO DE 2001

Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un numeral 5 al artículo 20 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), para resolver el caso no previsto de vacantes de senador propietario y suplente, electos por el principio de primera minoría, que presentan diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Exposición de Motivos

El principio electoral de primera minoría en el Senado de la República, se estableció por reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de septiembre de 1993. Consecuentemente, al poco tiempo se reformó el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) para establecer los detalles de la misma en la legislación secundaria. Sin embargo, en dicho ordenamiento se omitió prever lo conducente en relación con las vacantes de senadores, tanto propietarios como suplentes, designados por dicho principio electoral.

La finalidad de la reforma que se propone, es colmar lo que conforme a la técnica legislativa se conoce como una laguna de la ley, situación que provoca un vacío jurídico, que finalmente se traduce en problemas de aplicación de la norma, en este caso para la integración del órgano congresional.

Tal como se encuentra actualmente el artículo 20 del Cofipe que se propone adicionar, está prevista la posibilidad de sustitución, en caso de vacante, para senadores y diputados electos por los principios de mayoría relativa y representación proporcional, pero es omiso en cuanto a la sustitución de las vacantes, de senadores electos por el principio de primera minoría.

Una muestra clara de la urgente necesidad que existe para llevar a cabo la citada reforma, es el hecho acontecido en el Senado de la República en la Legislatura LVII, cuando fallecieron los miembros de la primera fórmula del Partido Acción Nacional, de la lista registrada por el estado de Quintana Roo, los señores Enrique Hernández Quinto y Raúl Durán Reveles, senadores propietario y suplente...

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