PROY-NOM-039-PESC-2019: Pesca responsable de jaiba en aguas de jurisdicción federal del litoral del Océano Pacífico. Especificaciones para su aprovechamiento.

Número de NOMPROY-NOM-039-PESC-2019
Fecha25 Noviembre 2019
EstatusPROYECTO
EmisorCOMITÉ CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN AGROALIMENTARIA
Actividad EconómicaPESCA, CAZA Y CAPTURA
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PROYECTO de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-039-PESC-2003, Pesca responsable de jaiba en aguas de jurisdicción
federal del litoral del Océano Pacífico. Especificaciones para su aprovechamiento.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- AGRICULTURA.- Secretaría de
Agricultura y Desarrollo Rural.
VÍCTOR SUÁREZ CARRERA, Subsecretario de Alimentación y Competitividad de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo
Rural, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 35, fracciones XXI, incisos d) y e), y XXIV de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 1o., 2o., fracciones III y IV, 3o., 4o., 8o., fracciones I, III, VII, XII, XIV, XXXVIII y XL; 9o., fracciones
II y V; 10, fracción I; 17, fracciones I, II, III, IV, VII y X , 124 y 132 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 38,
fracciones II y IX, 40, fracciones I, X, XIII y XVIII, y último párrafo, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 50, 51, 52, 56, 62, 63, 64, 70, 71, 73 y 74
de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 28, 33 y 34 de su Reglamento; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo; y 1o., 2o., i nciso B, fracción XVII; 17, fracciones XII y XXIII; 3o., 29, fracciones I y V, 52, fracción III y Octavo
Transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación vigente; en
correlación con los artículos 37 y 39, fracciones VII, VIII, XVI y XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca yAlimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 10 de julio de 2001, y
CONSIDERANDO
Que el presente Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-039-PESC-2003, Pesca responsable de jaiba en
aguas de jurisdicción federal del litoral del Océano Pacífico. Especificaciones para su
aprovechamiento, fue aprobado en la 5ª
Sesión del Comité Consultivo Nacional de Normalización A groalimentaria, efectuada el 5 de octubre de 2016 y se somete a
consulta pública de conformidad con elartículo 47, fracción I de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, a efecto de que,
dentro de los siguientes 60 días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, los
interesados presenten comentarios al citado Comité en la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la
Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA), sita en Avenida Camarón-Sábalo, #1210, esquina Avenida Tiburón,
Fraccionamiento Sábalo Country Club, Código Postal 82100, de Mazatlán, Sinaloa. Teléfono 01(669) 9156900 Extensión 58502.
Correo electrónico: cesar.saucedo@conapesca.gob.mx para que dichos comentarios sean considerados en los términos de la
citada Ley.
Que durante este lapso, los documentos que sirvieron de base para la elaboración del Proyecto de Modificación de la Norma
Oficial Mexicana, así como la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere
el artículo 45 párrafo primero de la Ley
Federal sobre Metrología y Normalización, pueden ser consultados en la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola
de la CONAPESCA de la Secretaría deAgricultura y Desarrollo Rural, sita en el domicilio señalado en el párrafo anterior.
Que en razón a lo anterior y en e jercicio de las atribuciones conferidas en los artículos 7 fracción X y 29, fracción I del
Oficial de la Federación el 25 de abril de 2012, he tenido a bien expedir el presente:
PROYECTO DE MODIFICACIÓN A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-039-PESC-2003,PESCA
RESPONSABLE DE JAIBA EN AGUAS DE JURISDICCIÓN FEDERAL DEL LITORALDEL OCÉANO
PACÍFICO. ESPECIFICACIONES PARA SU APROVECHAMIENTO
PREFACIO
La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la CONAPESCA, efectuó una revisión de la problemática del
aprovechamiento de la pesquería de jaiba en aguas de jurisdicción federal del Océano Pacífico y propuso una serie de ajustes a
las medidas de regulación pesquera consideradas en la NOM-039-PESC-2003, teniendo en consideración estudios y opiniones
técnicas elaboradas por el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (INAPESCA) a través de la Dirección General Adjunta de
Investigación Pesquera en elPacífico, así como de otros especialistas en el tema, avaladas por dicho Instituto.
Las propuestas de ajustes antes mencionadas fueron analizadas por el Grupo de Trabajo Técnico de la pesquería de jaiba,
por el Subcomité de Pesca Responsable y aprobadas por los miembros d el Comité Consultivo Nacional de Normalización
Agroalimentaria. En dicho Subcomité participaron las dependencias e instituciones que se enlistan a continuación:
La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, por conducto de la Dirección General de Normalización
Agroalimentaria, el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y la Comisión Nacional
de Acuacultura y
Pesca a través de la D irección General d e Ordenamiento Pesquero y Acuícola, la Unidad de Asuntos Jurídicos, la Dirección
General de Inspección y Vigilancia, la Dirección General de Planeación, Programación y Evaluación y la Dirección General de
Infraestructura.
El INAPESCA a través de la Dirección General Adjunta de Investigación Pesquera en el Atlántico, la Dirección General
Adjunta de Investigación Pesquera en el Pacífico y la Dirección General Adjunta de Investigación Pesquera en Acuacultura.
La Secretaría de Marina Armada de México.
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
La Secretaría de Economía a través de la Dirección General de Normas.
La Secretaría de Turismo.
La Secretaría de Salud a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales por conducto de la Dirección General del Sector Primario y Recursos
Naturales Renovables y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.
La Comisión Nacional del Agua.
La Universidad Nacional Autónoma de México.
DOF - Diario Oficial de la Federación https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5579717&fecha=25/1...
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