Provisión impuesto sobre nóminas

AutorLuis Ángel Orozco Colín
Páginas257-264
ESTUDIO INTEGRAL DE LA NOMINA 257
CAPITULO 8
PROVISION IMPUESTO
SOBRE NOMINAS
Los conceptos que aquí comentamos son los siguientes:
Núm. CLASIFICACION: CONCEPTO Pr Ti AD AI EC Tema
403 Provisión Impuesto Sobre Nóminas 4 P N S N 8.0.
906 Base Impuesto Sobre Nóminas 3 B N S N 8.0.
El impuesto que analizaremos en este Capítulo es el Impuesto Sobre
Nóminas vigente en la Ciudad de México que establece el Código Fiscal
de la Ciudad de México (CFCDMX) el cual es representativo de los im-
puestos similares de los demás estados y para muestra de ello, haremos
la correlación con el Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al
Trabajo Personal que establece el Código Financiero del Estado de México
y Municipios para ese territorio (CFEMM).
Para 2005, al modificarse la Ley del Impuesto al Valor Agregado para
permitir a los estados establecer impuestos celulares sobre los ingresos
que obtengan las personas físicas, sin que se considere un incumplimiento
de los convenios celebrados con la SHCP, el legislativo no incluyó a las per-
sonas que perciban sueldos y salarios, por considerar que las entidades fe-
derativas no tenían limitación alguna para gravar los salarios y asimilables.
Hasta el día de hoy, ese gravamen es el denominado “Impuesto sobre
Nómina” que trato en este capítulo, mismo que es a cargo del patrón y que
en la mayoría de los estados en los que esta implementado tiene una tasa
de entre el 2% y el 3%.
De pretender gravar a los trabajadores con tasas que pueden ir del 2%
al 5%, se esperaría que se eliminara el “Impuesto Sobre Nóminas”. Sin em-
bargo, es poco probable que los estados que ya tienen el gravamen a car-
go de los patrones o los que decidan establecerlo, lo hagan a cargo de los
trabajadores con tasas superiores al 2% (para aumentar la recaudación),
porque estarían gravando a quienes votan, mientras que las empresas, no
lo hacen.
Prueba de esto último son las implementaciones de este impuesto en
los siguientes estados:
En el estado de Guanajuato, según el Periódico Oficial del Gobierno
del Estado de Guanajuato del 27 de diciembre de 2004, que establece el
Impuesto Sobre Nóminas, a cargo de las personas físicas o morales que
realicen los pagos por concepto de remuneraciones al trabajo personal
subordinado, con una tasa del 2% (Capítulo primero, del Título Primero de

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