Protocolo de Atención a Personas Migrantes.

Páginas2-37
SUMARIO
Protocolo de Atención a
Personas Migrantes.
Año XV Número 297 26 de febrero de 2021
Dr. Nicolás San Juan 113, Colonia Ex Rancho Cuauhtémoc, Toluca,
Estado de México.
ÓRGANO INTERNO DE CONTROL
VÍCTOR ANTONIO LEMUS HERNÁNDEZ, TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE
CONTROL DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO,
EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 25
FRACCIONES I, IX, X, XII, XIV, XVI, XXXIX, XLIII, XLVI, L DEL REGLAMENTO INTERNO
DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO, Y
C O N S I D E R A N D O
I. Que toda vez que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el
COVID-19 es una enfermedad infecciosa que pone en riesgo la salud y, por tanto, la
integridad de la población en general, así como de las propias personas servidoras
blicas, en razón de su fácil propagación por contacto con personas infectadas por el virus
o por tocar objetos o superficies que rodean a dichas personas y llevarse las manos a los
ojos, nariz o boca; se ha declarado como una pandemia mundial.
II. Que con motivo de lo anterior, el Dr. Jorge Olvera García, Presidente de la Comisión de
Derechos Humanos del Estado de México, emitió un Aviso de fecha 8 de enero de 2021,
mediante el cual se suspenden las actividades presenciales en las oficinas de la Comisión
de Derechos Humanos del Estado de México, priorizándose el trabajo en casa,
determindose que los titulares de las unidades administrativas podrán acudir a sus
oficinas solamente con el 15% de su personal, siempre y cuando sus actividades sean
esenciales.
Determindose que en el supuesto de que la semaforización de la contingencia sanitaria
permanezca en la entidad mexiquense en color rojo, naranja o amarillo, el restablecimiento
de actividades de las diversas Unidades Administrativas y Visitadurías Generales que
conforman el Organismo será de manera escalonada, planificada y ordenada,
correspondiendo a los titulares de cada una de ellas determinar al personal y mero que
deberá reincorporarse.
III. Que con motivo de lo anterior, el Titular del Órgano Interno de Control de esta
Defensoría de Habitantes, emitió Acuerdo que fue publicado en la Gaceta de Derechos
Humanos órgano informativo de esta Defensoría de Habitantes, el 11 de enero de 2021,
por el que determi suspender los plazos y términos en los procedimientos de
responsabilidad administrativa, en las investigaciones de presuntas faltas administrativas,
así como en las acciones de control y evaluación a su cargo y la recepción y atención
presencial de denuncias, a partir del a once de enero de dos mil veintiuno y hasta que
ÍNDICE
I. PRESENTACIÓN…………………………………………………………………………….
2
II. INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………………….
4
III. MARCO JURÍDICO Y NORMATIVO…………………………………………………………………
6
IV. MARCO CONCEPTUAL ……………………………………………………………….....................
9
V. PROTOCOLO…………………………………………………………...........................................
14
VI. PRINCIPIOS RECTORES DE ACTUACIÓN, APLICABLES DURANTE LA ATENCIÓN DE PERSONAS
MIGRANTES……………………………………………………………………………………………..
14
VII. DERECHOS QUE SE DEBEN PROCURAR A PERSONAS MIGRANTES….……………………………
16
VIII. ACCIONES PREVENTIVAS PARA LA ATENCIÓN DE PERSONAS MIGRANTES………………..….....
20
IX. ACTOS CONSTITUTIVOS DE VULNERACIÓN A LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS MIGRANTES
22
X. PROCEDIMIENTO DE TRÁMITE DE QUEJAS EN ATENCIÓN A PERSONAS MIGRANTES……..…….....
23
1. ORIENTACIÓN………………………………………………………………………………..
23
2. PROCEDIMIENTO DE LA QUEJA………………………………………………………………
25
XI. PROCEDIMIENTOS PARA LA COORDINACIÓN CON OTRAS INSTITUCIONES EN MATERIA DE
ATENCIÓN A PERSONAS MIGRANTES…………………………………………………………………..
28
XII. PROCEDIMIENTO DE SEGUIMIENTO DE LA QUEJA…………………………………………………
30
XIII. CONCLUSIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE QUEJA……………………………………….………….
30
XIV. DIAGRAMA DE FLUJO………………………………………………………………………….….
32
XV. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS……………………………………………………………….….
33

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