La protección de los derechos sobre la propiedad

AutorAntonio Luna Guerra
Páginas93-100

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1. Ante el IMPI

El INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL es un Organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio y con la autoridad legal para administrar el sistema de propiedad industrial en nuestro país.

a) Marcas

Una marca es un nombre, término, símbolo, diseño o cualquier signo visible o bien una combinación de ellos que sirva para distinguir un producto o un servicio de otros de su misma clase o especie.

Es "marca" todo signo que distinga en el mercado productos o servicios de una persona.

Podrán constituir marca:

Palabras o sus combinaciones.

Imágenes, figuras, símbolos y gráficos.

Letras, cifras y combinaciones.

Formas tridimensionales.

Cualquier combinación anterior.

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Existen cuatro tipos de marcas:

Nominativas. Son las marcas que permiten identificar un producto y su origen mediante una palabra o un conjunto de palabras.

Innominadas. Son figuras que cumplen con la función de una marca. Este tipo de marca puede reconocerse visualmente pero no fonéticamente.

Mixtas. Son marcas que combinan palabras con elementos figurativos que muestran a la marca como un solo elemento o como un conjunto distintivo.

Tridimensional. Son las marcas que protegen los envoltorios, empaques, envases, la forma o la presentación de los productos en sí mismos, si éstos resultan distintivos de otros de su misma especie o clase.

Dentro del régimen administrativo de los signos distintivos existen también las siguientes figuras de protección:

Marca colectiva. Se puede registrar como marca colectiva cualquier signo distintivo que las asociaciones o sociedades de productores, fabricantes, comerciantes o prestadores de servicio legalmente constituidos, soliciten para distinguir en el mercado los productos o servicios de sus miembros respecto de los productos o servicios de terceros que no formen parte de esas asociaciones o sociedades.

El derecho de marca se adquiere por el registro. El usuario de una marca anterior podrá reclamar ante los Tribunales la anulación de una marca registrada para productos idénticos o similares que pueda crear confusión con la marca notoria, siempre que ejercite la acción antes de 5 años desde la fecha de publicación de la marca, y si es de mala fe la acción es imprescriptible.

El registro de una marca se otorga por 10 años y podrá renovarse. La marca puede ser vendida o licenciada a terceros bajo contrato o documento formalizado ante notario.

Se necesita para su registro en marca:

1. Nombre completo del solicitante.

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2. Domicilio y RFC.

3. Denominación a registrar.

4. Relación detallada de los productos o actividades reivindicados.

5. Documento de autorización firmado por el peticionario.

Regula las marcas, separadas en 42 clases, donde quedan comprendidos todos los productos y servicios a prestar por terceros, siendo su protección de ámbito nacional.

En cada expediente de marcas sólo pueden incluirse productos o...

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