Propuestas, armas de fuego

AutorErnesto Villanueva

Primero. El artículo 10 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza el derecho fundamental a la posesión de las armas de fuego para la defensa de la integridad humana. Es una prerrogativa constitucional que le da mayor fuerza normativa que si sólo fuese un derecho humano. El derecho fundamental es el derecho humano firmemente soportado en la cúspide de la jerarquía normativa nacional. Las disposiciones secundarias (leyes, reglamentos, acuerdos y algunas tesis de jurisprudencia) han restringido el alcance de este derecho que, sin embargo, puede ser combatido por la vía de una demanda de amparo. Vale la pena reiterar: se trata de un derecho y es potestativo de que lo ejerza quien así lo decida. Lo que es una aberración jurídica es que una persona quiera que se obligue a los demás a que se abstengan de ejercer una prerrogativa constitucional porque, por las razones que sean, no la quiere ejercer. Esto debe quedar claro.

Segundo. La realidad es que las cifras oficiales de posesión y de portación de armas de fuego son inversamente proporcionales a las cifras reales, en virtud de la desconfianza ciudadana en las autoridades y al desconocimiento inducido desde la autoridad sobre dónde y cómo se puede ejercer el derecho de armarse. A diferencia de Estados Unidos, en México el gobierno teme a sus gobernados y busca limitar este derecho, llegando a argumentos incluso sobrenaturales ("las armas las carga el diablo", por ejemplo) o hipótesis no sustentadas en datos sino en juicios de valor que paradójicamente incentivan que miembros o exmiembros de las fuerzas del orden tengan todas las facilidades para cometer robos, homicidios, violaciones y todo tipo de delitos en perjuicio de la sociedad que, en la inmensa mayoría de los casos, se encuentra desarmada y, por supuesto, no tiene protección efectiva de la policía ni los recursos para tener escoltas y autos blindados.

Tercero. El cambio de las leyes secundarias tendría que incluir una reforma de paradigma que de modo enunciativo se podría incluir: a) educación para el uso responsable de las armas de fuego, su resguardo y protección, la forma adecuada de limpiarlas para evitar accidentes, etcétera; b) la aplicación de exámenes psicológicos y psiquiátricos como requisito para la portación de armas de fuego para minimizar tragedias públicas que, incluso así, el número de muertes por esos casos son infinitamente menores que las muertes por accidentes vehiculares, en albercas o...

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