Propuesta de reforma a la Ley de Aguas Nacionales para cambiar la naturaleza de la Comisión Nacional del Agua como órgano descentralizado del Estado Mexicano

AutorMVZ Mario Gallegos Acosta
Páginas80-81
80 / Foros para la transformación y ...
1. Antecedentes
La Comisión Nacional del Agua, es un organismo
administrativo desconcentrado de la Secretaría
de Medio Ambiente y Recursos Naturales, crea-
do en 1989, cuya responsabilidad es administrar,
regular, controlar y proteger las aguas nacionales
en el país.
Este orga nismo desconcentrado hist óricamente
ha manejado, en lo que al contexto de las políticas
públicas se refiere, el aspecto técnico de la políti-
ca hidráulica en México, sobre todo porque la han
integrado destacados profesionales y especialistas
de diversas disciplinas, reconocidos internacional-
mente por su dedicación y capacidad técnica.
Dentro de las instituciones que le antecedieron
destacan la Dirección de Aguas, Tierras y Colo-
nización creada en 1917; la Comisión Nacional de
Irrigación, en 1926; la Secretaría de Recursos Hi-
dráulicos en 1946 y la Secretaría de Agricultura y
Recursos Hidráulicos en 1976.
Actualmente, la Comisión Nacional del Agua
administra y preserva las aguas nacionales, con
la participación de la sociedad, para lograr el uso
sustentable del recurso, siendo su marco jurídico
la Ley de Aguas Nacionales y el Decreto por el
que se crea la Comisión Nacional del Agua como
órgano administrativo desconcentrado de la Se-
cretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos,
publicado en el Diario Oficial de la Federación de
fecha 16 de enero de 1989.
2. Problemática
En razón de la reforma a la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, concretamen-
te a su artículo 4°, publicada en el Diario Oficial
de la Federación el 8 de febrero del 2012, la cual
establece el Derecho Humano de acceso al agua
y al saneamiento de la misma, se requiere un
organismo que sea rector de la política nacional
en materia de agua, que tenga personalidad ju-
rídica y patrimonio propios que pueda atender la
labor del resguardo y del cuidado del patrimonio
hídrico nacional y el del manejo de los distintos
usos que garanticen dicho Derecho Fundamental,
lo cual, con la actual naturaleza jurídica que tie-
ne la Comisión Nacional del Agua, la cual la hace
dependiente de una Secretaría de Estado que,
no solo atiende el problema del vital líquido, sino
de otros recursos naturales del país. Es por lo
que el marco jurídico de la referida Comisión es ya
obsoleto y amerita una revisión.
Otro punto fundamental que requiere darle
autonomía técnica, jurídica y patrimonial a la
Comisión Nacional del Agua es modernizar los
sistemas y regularizar las concesiones para la
extracción del vital líquido. El modernizar a este
organismo implica el dotarle de recursos y perso-
nalidad jurídica para que pueda actuar con cierta
libertad, pero apegada a Derecho.
Un aspecto más de la problemática de la
CONAGUA es su burocracia, ya que, con el poder
que ésta ha adquirido, sin que pueda implemen-
tar por sí misma, mecanismos de modernización,
de un servicio civil de carrera y de evaluación, se
han duplicado o triplicado las concesiones por el
vital líquido, así como se han frenado obras im-
portantes en materia hidráulica.
3. Propuesta
Se propone, en la Ley de Aguas Nacionales cam-
biar la naturaleza de la Comisión Nacional
del Agua como organismo descentralizado del
Estado mexicano.
4. Solución
Con este cambio legislativo, la Comisión Nacional
del Agua podrá:
* Presidente del Distrito de Riego del Río Yaqui. Presidente
de la Asociación Nacional de Usuarios, A sociación Civil.
Productor agrícola en el valle del Yaqui.
Propuesta de reforma a la Ley de Aguas Nacionales p ara cambiar la naturaleza
de la Comisión Nacional del Agua como órgano descentralizado del Estado Mexicano
MVZ. Mario Gallegos Acosta*

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