Propuesta para generalizar la opción del dictamen fiscal como factor de confianza en los contribuyentes
Autor | Fernando López Cruz |
Páginas | 49-73 |
IV. Propuesta para generalizar la
opción del dictamen fiscal como
factor de confianza en los
contribuyentes.
Preámbulo
Durante más de cincuenta años el dictamen fiscal de estados financieros se
ha posicionado como instrumento de fiscalización indirecta, lo que le ha
sido de ulidad a las autoridades para mejorar y reforzar el control de la
recaudación tributaria, y, a su vez, fomenta el cumplimiento de las
obligaciones por parte de los contribuyentes.
En apoyo de que el dictamen fiscal de estados financieros (que de manera
implícita abarca cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones fiscales
del contribuyente auditado) es de ulidad para las autoridades
gubernamentales en general, lo prueba el hecho de que tanto el Instuto
Mexicano del Seguro Social, como en algunos estados del país existe la
obligación para los contribuyentes, que estén en los supuestos que la
norma legal señala, de presentar dictamen fiscal sobre el cumplimiento de
sus obligaciones fiscales.
En esa tesitura, y como apunta más adelante, el dictamen fiscal es
necesario para el po de asuntos que el SAT correspondiente establece
mediante lo que se conoce como reglas misceláneas.
Tomando como hilo conductor lo que se dice en los párrafos que
anteceden, me permito presentar comentarios y argumentos sobre la
conveniencia de generalizar el dictamen fiscal para todo po de
contribuyentes que así lo deseen, e incluso dar incenvos para que quienes
a través de esa modalidad elijan transparentar, como acto voluntario de
buena fe, el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Los comentarios y propuestas que presento, considero son un compendio
de lo que a través del empo he expresado en esta obra, en conferencias
sobre el tema y en arculos publicados en revistas especializadas, de tal
manera que al ser públicos, pueden ser ulizados por quien lo esme le es
de ulidad.
I. Dictamen fiscal, concepto
Sin que técnicamente exista una definición semánca, coloquialmente es
aceptado denominar“dictamen fiscal al documento que consiste en la
opinión que, con base en un trabajo de auditoría sobre estados financieros,
o incluso para fines específicos, emite el contador público independiente
respecto de la información que se prepara para poner del conocimiento de
la autoridad fiscal competente la forma en que el contribuyente cumplió, o
no, con las obligaciones fiscales a su cargo como causante o retenedor,
movo de la revisión”.
II. Reseña
El dictamen fiscal se crea mediante Decreto Presidencial de fecha 21 de
abril de 1959, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de
abril de ese mismo año, siendo obligatorio para los contribuyentes con
ingresos anuales (en ese entonces) de diez millones de pesos, y optavo
para los que no se encuentren en ese supuesto.
El día 1° de abril de 1967 entra en vigor un nuevo Código Fiscal de la
Federación (publicado en el DOF de fecha 19 de enero de 1967), y en su
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