Prólogo

AutorCecilia F. Hernández Rodríguez
Páginas15-15

Page 15

El año 2014 queda marcado para los contribuyentes con un cambio tan significativo en la LISR que incluye a gran parte de los ciudadanos, personas físicas y personas jurídico colectivas. Destaca de manera importante la inclusión de las Asociaciones Religiosas y denota el ánimo de controlar todo tipo de operaciones. Es necesario recordar que hasta el año 2013, el Título III referido a las personas morales con fines no lucrativos no incluyó a las Asociaciones Religiosas, por lo tanto, no se consideraban objeto de la Ley. No obstante la reforma fiscal es tan solo una parte de un gran conjunto de modificaciones a diversas disposiciones que tienen como objeto "el control".

En el devenir histórico del mundo fiscal y sus prácticas, podemos observar que las formas jurídicas se han empleado como escudo para disminuir la carga tributaria e incluso para la realización de actos que pueden ubicarse en el umbral de la ilegalidad o para cubrir actividades ilícitas. Las más sanas y las hermosas ideas pueden desvirtuar su sentido cuando se encuentran en las manos equivocadas. En este sentido, son las AR entidades con una alta vulnerabilidad dado el carisma de...

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